Contratar a un trabajador con discapacidad debería ser algo que las empresas hicieran aún sin incentivos, pero la realidad no es esta, en la mayoría de casos. Por ello existe la Ley General de la Discapacidad, por la que tanto el trabajador con discapacidad como la empresa obtienen beneficios por la contratación. Te lo contamos en este post.
El objetivo de la Ley General de la Discapacidad (LGD) es proteger la inclusión laboral del trabajador con discapacidad. Esta ley indica que una empresa con más de 50 trabajadores debe tener al menos un 2% de trabajadores con discapacidad.
Esto es así porque limitar el trabajo de una persona por el hecho de tener algún tipo de discapacidad no es razonable. Las habilidades y el talento de una persona con discapacidad son igual de válidas que el resto de personas, y ello no debería ser una limitación en este aspecto.
Por estas razones, y para fomentar la contratación de un trabajador con discapacidad, se creó esta ley que, además de beneficiar a las personas con discapacidad, beneficia, a nivel fiscal y no fiscal, a las empresas que las contratan.
Cualquier empresa, de cualquier ámbito, que cuente con al menos 50 trabajadores, debe cumplir lo que indica la Ley General de la Discapacidad. Además, aunque tu empresa no tenga este número mínimo de trabajadores, también puede beneficiarse de las ventajas que se ofrecen por contratar un trabajador con discapacidad.
Eso sí, para beneficiarse de esas ventajas la empresa debe cumplir ciertas obligaciones:
Las bonificaciones varían según si el trabajador con discapacidad es hombre o mujer, y el porcentaje y tipo de discapacidad. También influye si el contrato es a tiempo parcial o a tiempo completo.
La deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades es de 6.000€ al año por persona contratada de más, con respecto al año anterior. Es decir, si tienes dos trabajadores con discapacidad a tiempo completo en 2021 y en 2022 contratas a dos más, tendrás la posibilidad de reducir el Impuesto de Sociedades. Este incremento está en función del tipo de contrato, es decir, si tienes dos personas a tiempo completo, y al año siguiente contratas dos a tiempo parcial, no contará para la deducción.
Contratar a un trabajador con discapacidad es una cuestión moral que las empresas deberían interiorizar como algo necesario, pues para ellas también es importante tener un puesto de trabajo digno, al igual que para el resto de la plantilla.