Ser autónomo no significa serlo para siempre. Si a largo plazo el empleo por cuenta propia no ha dado los frutos esperados y supone más perjuicios que beneficios, tal vez sea el momento de plantearse el cambio a trabajador por cuenta ajena. ¿Qué hacer cuando este paso no está tan claro y surge una nueva oportunidad laboral?
Analizamos los pros y contras de ser autónomo o ser asalariado y qué opciones hay. ¿Es posible compaginar ambos tipos de trabajos?
¿Me interesa ser autónomo?
Ser autónomo conlleva ser tu propio jefe y eso trae consigo una serie de ventajas y desventajas.
Pros
- Si trabajas por cuenta propia gestionas tu propio desempeño laboral.
- El autónomo es quien elige la base de cotización, siendo la mínima de 944,40€ y la máxima 4.070€. Además, el primer año tienes acceso a la Tarifa plana de 60€ mensuales para las cuotas a la Seguridad Social (siempre que se haya elegido la base mínima de cotización).
- Podrás desgravar algunos gastos vinculados con el desarrollo de su actividad profesional, por ejemplo, si tienes que hacer uso de un vehículo profesional.
- Puedes delegar funciones y responsabilidades a otros empleados a cargo, pudiendo ofrecer un servicio más completo.
- Puedes gestionar tu tiempo libre, elegir tus días de vacaciones y tus opciones de movilidad.
- En función de la base de cotización elegida, sabrás cuál será la jubilación correspondiente.
Contras
- Los beneficios que obtenga el autónomo dependen de los resultados de su actividad económica: no todos los meses se cobra lo mismo.
- Aunque vaya a cobrar poco, el autónomo siempre tendrá que pagar su cuota de la Seguridad Social.
- Tienes una serie de obligaciones que cumplir. Toda la responsabilidad recae en manos del autónomo: el éxito del negocio, el volumen de clientes, las cuentas de la empresa, el pago de impuestos, los gastos, las pérdidas, tener a cargo otros empleados…
- En caso de darte de baja, es difícil recibir prestación por desempleo, pues han de darse una serie de requisitos. En caso de tener derecho a percibirlo, la cuantía y duración de la prestación es menor que en el caso de los asalariados.
¿Me interesa pasar de autónomo a asalariado?
Ser trabajador por cuenta ajena implica mayor despreocupación y, a su vez, sus pros y contras.
Pros
- Ingresos estables: Al ser trabajador por cuenta ajena sabes cuánto vas a cobrar cada mes en concepto de ‘nómina’ y, si así lo tienes pactado, si recibirás pagas extraordinarias en tu periodo de vacaciones.
- El trabajador por cuenta ajena tiene derecho a recibir una indemnización por despido.
- En caso de desempleo, y siempre que hayas cotizado un mínimo de un año, tienes derecho a cobrar paro.
- En cualquier caso disfrutarás de las bajas de protección social, lo cual puede ser más complicado si eres autónomo.
Contras
- También tendrás que pagar impuestos, que aparecerán desglosados en tu nómina: IRPF, contingencias comunes (destinadas a bajas laborales, jubilación y sanidad), formación y desempleo.
- Estás sujeto a unos horarios fijados en tu contrato laboral y anualmente tienes unos determinados días de vacaciones que, al igual que los descansos o los días de asuntos propios, vienen determinados por el Estatuto de los Trabajadores.
- No tienes un control real sobre tu trabajo: hay toma de decisiones que estarán fuera de tu alcance y el ascenso dependerá de tus superiores.
- Aunque estés indefinido, la empresa podrá despedirte siempre y cuando tenga una causa objetiva o disciplinaria.
Ahora ya has puesto en la balanza todas tus posibilidades. De modo que, si eres autónomo y te han ofrecido un buen puesto de trabajo por cuenta ajena, tendrás que considerar si te interesa en función de tus beneficios netos, tu estabilidad económica, las obligaciones, responsabilidades y derechos asociados y todos los pros y contra comentados.
Ser autónomo y trabajar por cuenta ajena: ¿es compatible?
Otra posibilidad es ser autónomo y trabajar por cuenta ajena al mismo tiempo. Sí, es posible.
Si crees que tienes tiempo para ello, enhorabuena, porque hay algunas implicaciones legales y tributarias que deberás conocer en este caso.
Esta situación implica estar cotizando en dos regímenes de la Seguridad Social. Esto se traduce en lo siguiente:
- Si estás a jornada completa por cuenta ajena: reducción del 50% de la base de cotización durante los primeros 18 meses, es decir, una base de 446,62€ y una cuota de autónomos de 133,53€. Después, tendrás una reducción del 75% sobre la misma.
- Si estás a tiempo parcial y con una jornada superior al 50%: podrás reducir tu base de cotización hasta el 75% los primeros 18 meses; después, hasta el 85%.
- La base imponible del IRPF se calcula sumando los rendimientos del trabajo de asalariado y los del autónomo.
- Seguir pagando las declaraciones de IVA.
- Si llegas a cotizar en ambos tipos de trabajos durante un mínimo de 15 años, cobrarás dos pensiones de jubilación.
Por último, si te decantas por la opción de seguir trabajando como autónomo contar con un seguro de responsabilidad civil te será de mucha utilidad para poder hacer frente a imprevistos en lo que a pagos e indemnizaciones por daños y perjuicios a terceros se refiere.
En general, ¿qué crees que compensa más?