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Cuenta corriente tributaria: qué es y cómo funciona

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Tanto si eres autónomo como si estás a cargo de una PYME, la cuenta corriente tributaria es una herramienta que facilitará tu trabajo con hacienda a la hora de pagar tus impuestos asociados a la empresa, o de recibir las devoluciones que corresponden. Por lo tanto, si no conoces este término, te aconsejamos que sigas en este artículo para informarte bien sobre su funcionamiento.

¿Que es una cuenta corriente tributaria?

Una cuenta corriente tributaria es una cuenta abierta con la Administración en la cual se anota todas las cantidades que están pendientes de devolución y todas las cantidades pendientes de ingresar. Se pueden compensar unas con las otras, por lo que facilita el trabajo a la hora de saber cuánto se le puede deber a Hacienda o cuanto te debe. 

Así, las deudas se extinguen facilitando el cumplimiento de las obligaciones de pago de impuestos. Es un sistema de mucha utilidad para aquellas empresas que mantienen constantemente un flujo de pagos y cobro con hacienda, ya que en una única cuenta están anotadas todas las deudas y crédito, así como la compensación entre ellos.

No obstante, hay un aspecto importante a tener en cuenta: se deben cumplir unos requisitos para abrir una cuenta corriente tributaria. Y es que no todos los impuestos se pueden anotar en ella y no todas las deudas son compensables.

Requisitos para abrir una cuenta corriente tributaria

Estos son los requisitos exigidos por la Agencia Tributaria para poder abrir una cuenta de estas corriente tributaria:

  • Estar dado de alta en el censo de empresarios o profesionales y en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
  • Ser empresario o profesional, por lo que estás obligado a presentar de forma periódica autoliquidaciones tributarias de IVA y/o de retenciones e ingresos a cuenta.
  • La suma de los créditos reconocidos durante el ejercicio anterior a la solicitud de la cuenta sea, por lo menos, el 40% de las deudas tributarias devengadas en el mismo período de tiempo.
  • Haber presentado autoliquidaciones del Impuesto de Sociedades o del IRPF durante el último año y dentro del plazo estipulado. Y también haber presentado las declaraciones informativas y los pagos a cuenta y resumen anual de IVA a que estén obligados.
  • No tener ninguna deuda tributaria en período ejecutivo, a no ser que estén aplazadas o suspendidas. No tener pendiente ningún pago de responsabilidades civiles por delito contra hacienda.
  • No haber renunciado a la cuenta corriente durante los dos últimos años, ni haber sido excluido.

Si cumples todas estos requisitos, solo debes presentar una solicitud para acogerte al sistema en el mes de octubre del año anterior. Es decir, para que el año que viene puedas disfrutar de este sistema, en octubre de este año debes presentar la solicitud.

Funcionamiento de la cuenta corriente tributaria

En la cuenta corriente tributaria se hacen las anotaciones de manera trimestral: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. En estas anotaciones se indican las nuevas deudas o devoluciones, y se notifican al sujeto pasivo, que tiene 10 días para formular alegaciones. 

  • Por un lado se anotan los créditos reconocidos al sujeto pasivo que correspondan al IRPF, IS o IVA, y que hayan sido resultado de devoluciones de oficio acordadas, o que se hayan solicitado después de la inclusión en este sistema. 
  • Por otro lado, se anotan todas las deudas que resulten de las declaraciones y liquidaciones de IRPF, IS, IVA; así como retenciones y pagos que se puedan tener a cuenta del IRPF y del Impuesto de Sociedades.

Hay ciertas deudas que no se pueden anotar, y por lo tanto, no se pueden compensar:

  • Deudas procedentes de declaraciones y liquidaciones presentadas fuera de plazo.
  • Deudas derivadas de liquidaciones provisionales o definitivas realizadas por los Órganos de la Administración Tributaria.
  • Deudas devengadas en concepto de IVA por las importaciones.
  • Deudas reconocidas en procedimientos especiales de revisión y por resolución de recursos y reclamaciones.

La creación de una cuenta corriente tributaria puede ayudarte a la hora de hacer y recibir los pagos que pueda tener tu empresa con hacienda. Poder compensar el pago de un impuesto con el cobro de otro, solo está permitido en este sistema, por lo que si cumples los requisitos, se trata de una práctica muy recomendable.

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