Debido al estado de alarma a consecuencia de la pandemia originada por el COVID-19, se han tomado medidas que afectan a todos los sectores y colectivos de la sociedad. Uno de estos colectivos es el de los trabajadores por cuenta propia, para los que el gobierno ha lanzado una batería de ayudas para autónomos con el fin de apoyar a este colectivo mientras la cuarentena y el estado de alarma siga afectando a su actividad. En este artículo echaremos un vistazo a las principales ayudas que se han publicado en el BOE.
En el Boletín Oficial del Estado se mencionan las negativas consecuencias económicas que va a provocar el actual estado de confinamiento, en especial a los autónomos. Por ello, el Gobierno central aprobó el 17 de marzo un Real Decreto donde se recogen todos los aspectos que implican las ayudas a los autónomos, como una línea de crédito o una prestación extraordinaria para quienes hayan visto reducida su facturación con respecto a la media del semestre pasado. El decreto también recoge medidas para evitar que se interrumpa el suministro de luz, gas y agua por falta de pago, ya que como dice textualmente, “en estas circunstancias, los suministros energéticos adquieren, si cabe, una naturaleza aún más esencial”. No solo en los negocios que gestionan los autónomos sino también en sus hogares. Además, se ha aprobado una moratoria en las cuotas de cotización a la Seguridad Social, junto a otras medidas para autónomos y para otros sectores concretos, como el de las empleadas de hogar
El Real Decreto-ley 11/2020 del 31 de marzo recoge dos artículos en los que se muestran una serie de moratorias y aplazamientos como medidas para autónomos:
Para las empleadas de hogar, un colectivo especialmente vulnerable ante la situación que se está viviendo en el sector económico y laboral causado por el COVID-19 . Una de las medidas es la posibilidad de seguir trabajando con jornada reducida, o dejar de prestar el servicio de forma temporal. Debido a que no disponen de derecho a la prestación por desempleo, se ha creado un subsidio extraordinario temporal por la que se beneficiarán a causa de:
Este subsidio dependerá de la retribución percibida que se ha recibido anteriormente, así como la reducción de actividad que sufra (y exigiendo al empleador la acreditación de la reducción). Además, el subsidio mencionado será compatible con el mantenimiento de otras actividades, así como la cantidad máxima que se percibirá es la establecida por el SMI (sin pagas extraordinarias).
A causa de algunas de las medidas adoptadas por el gobierno durante el estado de alarma, muchos autónomos han tenido que cerrar los locales en los que trabajan, que a menudo son de alquiler. También pueden encontrar problemas para afrontar el alquiler de una vivienda, debido a que si se paraliza su actividad económica no se puede generar ingresos. Por ello, el gobierno ha creado una línea de créditos ICO sin intereses, avalados por el propio Estado, con el fin de facilitar liquidez a autónomos. Además, existen ayudas directas para el pago de alquileres y suministros en el caso de las viviendas, para quienes se encuentran en desempleo debido a un ERTE, autónomos que han cesado su actividad o familias con algún miembro en situación de discapacidad o dependencia. La documentación necesaria para acogerse, así como otro tipo de información, se puede encontrar en la página del SEPE. Para los locales se ha aprobado la moratoria de pago hasta que se levante el estado de alarma. Una vez que haya terminado, se esperará hasta el último día del mes para dar por finalizada la moratoria, sin que ello genere intereses.
Nos enfrentamos a una situación que nunca antes hemos vivido, y es normal que haya muchas dudas respecto a cómo afectará a la economía. Gracias a las medidas y ayudas para autónomos que se están implementando, este importante sector de la sociedad podrá comenzar a recuperarse cuando termine por fin la crisis sanitaria.