Lo que hace diferente a nuestro seguro obligatorio de viajeros
Todas las compañías de transporte colectivo público de viajeros deben incorporar un seguro en el propio billete de transporte. Este seguro obligatorio de viajeros cubre las posibles indemnizaciones, fijadas por ley, por lesiones corporales en caso de accidente.
Qué cubre nuestro seguro para viajeros
En caso de accidente, garantizamos el cobro de una indemnización por el fallecimiento.
Si alguno de los asegurados sufre un accidente y padece algún tipo de invalidez derivada del mismo, garantizamos la percepción de una indemnización cuyo importe se establecerá en función del capital de la póliza y de la gravedad de las secuelas, conforme a los niveles establecidos en el baremo de invalidez.
Con nuestro seguro para viajeros, si el asegurado se viera temporalmente impedido el ejercicio de su profesión como consecuencia de un accidente, le garantizamos una indemnización diaria durante el periodo que requieran el tratamiento médico y el posterior reposo, hasta un máximo de un año.
Puede igualmente contratarse incapacidad temporal baremada por accidente. En este caso, los días de baja para cada patología se reflejan en el condicionado de la póliza.
Esta cobertura permite disponer de un capital extra para cubrir gastos médicos, farmacéuticos y de hospitalización, y también los derivados de las necesidades de transporte para la realización de curas o rehabilitación.
Si alguno de los asegurados requiriera hospitalización por un accidente, con nuestro seguro obligatorio para viajeros te facilitamos una indemnización diaria desde el primer día y hasta la salida del hospital, durante un máximo de 365 días.
Incluyendo esta opción, en caso de accidente de circulación las indemnizaciones por fallecimiento e invalidez permanente se amplían al capital seleccionado
Se garantiza el reembolso de los gastos en caso de cancelación del viaje y se incluyen tanto una completa asistencia en viaje como los gastos médicos y de repatriación.