Lo que hace diferente a nuestro seguro de responsabilidad civil para profesionales
El seguro Responsabilidad civil profesional protege el patrimonio de los profesionales de la sanidad, enseñanza, ingeniería y muchas más actividades, en caso de causar un daño material o personal directo a un tercero en el desarrollo de su actividad.
Qué cubre Responsabilidad civil profesional
Contratando el seguro Responsabilidad civil profesional tendrás cubiertos los daños personales y los perjuicios económicos causados involuntariamente a terceros, con motivo o durante el desarrollo de tu actividad profesional.
Daños a expedientes: perjuicios materiales que puedan sufrir los expedientes y documentos que se encuentren en tu poder.
Locales arrendados: daños a inmuebles arrendados como consecuencia de los riesgos de incendio y de los definidos habitualmente como complementarios.
Bienes de empleados: daños causados a aquellos bienes que sean de propiedad de tu personal asalariado.
Sanciones por el incumplimiento de la LOPD: se garantiza el pago de las cantidades resultantes de sanciones impuestas por la Agencia de Protección de Datos por infracción de la LOPD.
Trabajos en países de la Unión Europea: posibilidad de ampliar la cobertura de Responsabilidad civil profesional a tu actividad realizada en países de la Unión Europea.
Responsabilidad civil de explotación: daños materiales, personales y sus perjuicios económicos causados a terceros derivados de la titularidad de los locales y despachos destinados a su actividad profesional.
Responsabilidad civil patronal: reclamaciones que puedan dirigirte tus trabajadores o los derechohabientes de éstos, por los daños y perjuicios derivados de accidentes de trabajo.
Defensa penal y reclamación de daños: defensa penal, reclamación de daños, derechos relativos al local, contrato de servicios, contratos sobre cosas muebles, etc. La más amplia gama de coberturas relativas a defensa jurídica y reclamación.
Reclamación de honorarios profesionales: demanda amistosa o judicial de aquellos honorarios generados en el ejercicio de tu actividad profesional y que hayan sido impagados.
Renta por inhabilitación profesional: pago de un subsidio mensual compensatorio de los ingresos netos no recibidos durante el periodo en el que permanezcas inhabilitado profesionalmente.
Preguntas más frecuentes
Si has contratado esta cobertura podrás solicitarla siempre y cuando la inhabilitación venga motivada por una sentencia penal firme por acontecimientos producidos durante el desempeño de tu ejercicio profesional. Además, el hecho que dé lugar a la sentencia tiene que haber ocurrido durante la vigencia del seguro.
Nuestro seguro Responsabilidad civil profesional ofrece distintas coberturas que se adaptan a los siguientes grupos de riesgo:
- Sanidad: facultativos con titulación superior, especialidades mixtas y con o sin intervención quirúrgica, no facultativos con titulación media, personal no titulado, centros sanitarios y otras actividades relacionadas con la sanidad.
- Veterinaria: profesionales con titulación y centros veterinarios.
- Enseñanza: docentes y centros de enseñanza.
- Asesoramiento, mediación o representación: profesionales del derecho y otras disciplinas.
- Ingenierías y arquitectura: ejercicio libre de la profesión dependiente de la empresa privada, pública o de la Administración y oficinas técnicas.
Se regirá por el régimen sancionador actual que establece tres tipos de sanciones en función de su gravedad. De este modo el importe asegurado ascenderá a:
- Sanción leve: de 900 a 40.000€
- Sanción grave: de 40.001 a 300.000€
- Sanción muy grave: Hasta 600.000€