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Sociedad en formación

La sociedad en formación: características principales

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Una sociedad en formaciones aquella entidad que ha sido constituida a través de una escritura pública pero que aún no está en el Registro Mercantil de España. En este post te detallamos las características principales de este tipo de sociedad mercantil, la sociedad en formación

¿Qué es la sociedad en formación?

Una sociedad mercantil es aquella en las que sus actividades son de carácter comercial. Si en tus planes está iniciar un emprendimiento, es importante no perder de vista bajo qué tipo de sociedad deseas registrar tu negocio.

Como ya hemos dicho, la sociedad en formación está constituida mediante una escritura pública de constitución pero, por diversas cuestiones, por ejemplo, no contar con todas las aportaciones sociales en ese momento, aún no se encuentra en el Registro Mercantil. Eso sí, existe la disposición de hacerlo a corto plazo por parte de los socios.

Para que las sociedades tengan tráfico mercantil es importante que estén bien constituidas y que tengan personalidad jurídica. Esto se logra teniendo dos elementos fundamentales: la escritura pública y el Registro Mercantil.

Suele confundirse el concepto de sociedad en formación con la sociedad irregular. En la sociedad en formación sí hay voluntad de hacer el Registro Mercantil, lo que debe hacerse antes de cumplir 1 año del otorgamiento de la escritura pública. Si no se cumple este plazo, será considerada como sociedad irregular según la Ley de Sociedades de Capital.

¿Cuáles son las características principales de una sociedad en formación?

Es importante que antes de establecer una sociedad en formación se establezca el objeto de la misma. También es esencial que se conozcan sus características, para tener en cuenta las responsabilidades y todas las futuras vertientes.

Estas son las características principales de una sociedad en formación:

  • Está perfilada en el ámbito comercial.
  • Cuenta con permiso para actuar y hacer operaciones antes de que la sociedad esté incorporada al Registro Mercantil.
  • Su constitución es mediante la firma de una escritura pública.
  • Debe existir voluntad e intención de hacer el Registro Mercantil por parte de los socios, a corto o medio plazo.
  • Carece de personalidad jurídica, pero tiene facultad frente a terceros.
  • De la forma de responder, la sociedad en formación actuará en relación con el patrimonio formado de las acciones de cada uno de los socios.
  • Los socios de la sociedad en formación tienen la obligación de cubrir la diferencia entre el valor del patrimonio y su capital.

La sociedad en formación puede emitir y responder los siguientes documentos o eventos:

  • Actos y contratos indispensables para la inscripción al Registro Mercantil, como pueden ser los gastos notariales y los gastos tributarios, entre otros.
  • Actos y contratos por parte de los administradores de la sociedad, que estén dentro de los permisos establecidos en la escritura pública. 

La sociedad en formación, en tanto no se hace el Registro Mercantil correspondiente, puede iniciar operaciones respetando las condiciones de la escritura pública y las aportaciones de los socios. Lo más importante es la voluntad e intención de formalizar el negocio en tiempo y forma.

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