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sociedad civil particular

¿Qué se entiende por sociedad civil particular?

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Uno de los primeros puntos que debes plantearte a la hora de constituir una empresa es la forma jurídica que tendrá. Una de las más conocidas en la sociedad civil, aunque no mucha gente sabe que existen dos tipos de sociedades civiles: sociedad civil universal y sociedad civil particular

Hoy hablaremos de la sociedad civil, más concretamente de la particular, una de las mejores opciones para  pequeñas empresas y negocios. A continuación te explicamos todo lo que necesitas saber sobre ellas, así que lee con atención. 

 

¿Qué es una sociedad civil?

Una sociedad civil se conforma mediante un contrato de participación entre dos o más personas para realizar una actividad con fines lucrativos. La colaboración de las personas que integran la sociedad civil se puede hacer de 2 formas: 

  • Con aportación de trabajo ; reciben el nombre de socios industriales.
  • Con aportación de bienes o capital ; reciben el nombre de socios capitalistas.

Este tipo de sociedad suele ser común en negocios pequeños que no exigen una cantidad elevada de inversión y en donde la gestión es relativamente sencilla. Es importante mencionar que las sociedades civiles con carácter mercantil tributan bajo el impuesto de sociedades (antes del 2016 lo hacían bajo el sistema de IRPF ).

Algunos ejemplos de sociedad civil en la actualidad son las instituciones u organizaciones de beneficencia, clubes deportivos, asociaciones de trabajadores...

¿Qué es una sociedad civil particular?

La sociedad civil particular, también llamada sociedad civil privada o SCP, es un tipo de  sociedad civil, o sea, de contrato privado entre dos o más personas para llevar a cabo una actividad con ánimo de lucro, sin personalidad jurídica. 

A través de una SCP dos o más personas contraen la obligación de poner bienes en común para repartirse los beneficios que resulten de su inversión. 

Características de la sociedad civil y la sociedad civil particular

Para que una sociedad pueda distinguirse como de tipo civil, es necesario que cuente con las características que a continuación te mencionamos:

  • Contar con el contrato de sociedad civil en el que se especifique la actividad del negocio: número de socios, porcentaje de participación, causas de disolución, entre otros aspectos.
  • Darse de alta ante Hacienda y en el ayuntamiento para permiso de apertura.
  • Presentar el modelo 036 (Alta censal) al momento de hacer la constitución de la sociedad.
  • Que esté formada por mínimo de 2 personas o socios.
  • Tributar por el impuesto de sociedades
  • Responder de forma personal e ilimitada cuando se trate de deudas de la sociedad.
  • Para el caso de la Seguridad Social , los socios deben incorporarse al régimen de autónomos
  •  Carecer de personalidad jurídica propia.
  • Regirse bajo el  Código de Comercio y el Código Civil.

Es importante mencionar que la disolución de una sociedad civil se cumple en la fecha estipulada en el contrato.

Por otro lado, la sociedad civil particular se caracteriza por las siguientes singularidades: 

  • El número mínimo de socios para poder constituirla es de dos. 
  • Dado que no cuenta con personalidad jurídica, la responsabilidad de los socios es personal e ilimitada. Es decir, que estos deberían responder con sus bienes personales en caso de deudas y deben estar dados de alta en el régimen de autónomos. 
  • Cada uno de los socios tiene la potestad de actuar en nombre de la sociedad en su conjunto.
  • En la SCP no existe una aportación mínima. Esto significa que su formalización es muy sencilla y que se puede poner en marcha con una inversión muy pequeña. 
  • Su administración puede llevarse a cabo a través de un administrador único, administradores mancomunados o solidarios.
  • Pueden extinguirse por causas comunes de la contratación, o sea: finalización de plazo, insolvencia, cumplimiento de los objetivos… 

Por otro lado cabe subrayar que la gestión de las sociedades civiles personales es mucho más simple , tanto a nivel fiscal como contable, que en el caso de las  sociedades limitadas. Por ejemplo, es posible adaptarse a la tarifa plana de autónomos y cotizar por la base mínima. 

Ventajas de la sociedad civil

Consolidar un negocio como sociedad civil tiene diversas ventajas, sobre todo si se trata de negocios con dimensiones o gestiones pequeñas. Algunas ventajas de una sociedad civil son:

  • Conformación más fácil y económica respecto a una sociedad mercantil, ya que no se requiere una escritura pública o aportación mínima de inicio.
  • Gestión contable y financiera sencilla en comparación con una  sociedad limitada.
  • Modelo rápido para hacer colaboración entre autónomos.

Cabe resaltar que una de las desventajas de la sociedad civil, es que no ofrece una imagen consolidada y permanente frente a terceros.

Como verás, una sociedad civil es una buena alternativa para iniciar una colaboración entre autónomos, llegar a un mismo objetivo y obtener beneficios. Si estás pensando en constituir una sociedad, es importante evaluar la finalidad, las ventajas, riesgos o inconvenientes para tomar la mejor decisión.

¿Cómo ha evolucionado la sociedad civil particular?

Uno de los cambios más significativos de la sociedad civil particular tuvo lugar en 2016, cuando se modificó el artículo 7 de la Ley de Impuestos sobre Sociedades. Este cambio supuso que las sociedades civiles particulares que tuvieran objeto mercantil debían tributar por el Impuesto de Sociedades, a excepción de aquellas que: 

  • Se dedicaran a la agricultura
  • Se dedicaran a la pesca
  • Se dedicaran a la ganadería
  • Tuvieran por objeto una actividad profesional

Esto implica, desde entonces, que las sociedades civiles particulares sí cuentan con personalidad jurídica de cara a los impuestos si el pacto entre los socios no es secreto y deben tributar por el IS, lo cual supone llevar una contabilidad mercantil y una forma distinta de declarar los ingresos de los socios. 

Las opciones que estas sociedades civiles particulares tienen para atajar este inconveniente es transformarse en una sociedad con personalidad jurídica, por ejemplo una sociedad limitada

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