De forma muy recurrente, la ley de autónomos va sufriendo algunos cambios y se va adaptando a las necesidades de PYMES y profesionales. En este artículo te hablamos de las últimas novedades referentes a normativas, impuestos, deducciones, ayudas, etc.
La ley de autónomos se ha visto alterada en varias ocasiones desde que estalló la pandemia, en marzo de 2020. Algunas de las últimas modificaciones al respecto son:
A partir del 1 de julio de 2020, quienes venían recibiendo la prestación extraordinaria por cese de actividad debido a la COVID-19 deberán elegir entre:
Es posible prorrogar los ERTEs hasta el 30 de septiembre de 2020, al menos los relacionados con la COVID-19.
Todo aquel personal por cuenta ajena que no podía acudir a su puesto de trabajo por ser empleo no esencial y se acogió al Permiso Retribuido Recuperable ya puede volver, desde el 10 de abril de 2020.
Se decreta que un despido no puede ser justificado por el coronavirus como causa mayor.
De forma extraordinaria y a causa de la situación provocada por la COVID-19, es posible aplazar hasta 6 meses el pago de algunos impuestos.
La Resolución del 28 de octubre de 2019 crea una nueva prestación para autónomos que sufren un accidente laboral. Ya se considerarán como tal los que se sufran en los trayectos de ida o vuelta al lugar de actividad, siempre que sea el local declarado como sede fiscal (a excepción de la propia vivienda).
También hay importantes bonificaciones para las contrataciones y se flexibilizan decisiones como la elección de la base de cotización o las altas y las bajas del sistema.
No se hace mención a otros aspectos como los daños y perjuicios a terceros. En algunas actividades seguirá siendo obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil y en otras no, aunque siempre resulta recomendable. Por ello, Occident ofrece pólizas que se adaptan a sectores muy diferentes.
A partir del 1 de enero de 2019, se establece que los 12 primeros meses tras el alta como autónomos, se abonará una cuota única mensual de 60€ a la Seguridad Social. Se pueden acoger personas que se den de alta por primera vez hombres menores de 30 años o mujeres menores de 35 años.
Las personas dadas de alta como autónomos que trabajen desde casa pueden, desde el 1 de enero de 2018, deducirse el 30% de gastos propios de los suministros, tales como el agua, el gas, el teléfono, internet...
La ley de autónomos varía constantemente para adaptarse a los tiempos. Es interesante mantenerse al día de las últimas novedades para no perderse nada.