Los tipos de empresa existentes pueden clasificarse según diversos criterios, como el tamaño, el sector económico en el que desarrollan su actividad, la propiedad del capital o su forma jurídica, entre otros. En este post te contamos más sobre los tipos de empresa, centrándonos en los tipos y características de la empresa societaria.
Los diversos tipos de empresas pueden clasificarse según diferentes perspectivas:
Según su tamaño, las empresas son grandes, medianas o pequeñas, según criterios:
El criterio más utilizado es el organizativo, el que se refiere al número de trabajadores. Así, en general, podemos decir que:
Si clasificamos las empresas según el sector económico en el que desarrollan su actividad, las empresas pueden pertenecer a:
Según sea la propiedad del capital de la empresa, esta puede ser:
Según su forma jurídica, la empresa puede ser:
En una empresa societaria, las personas que la crean se asocian a través de un contrato, a la vez que se obligan a poner en común bienes, dinero o trabajo.
Con este contrato, nace una persona jurídica nueva, distinta de las personas físicas que han formado la empresa societaria.
La empresa societaria puede ser:
También llamada Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), es el tipo de sociedad mercantil más habitual en España. Es adecuada para realizar actividades con la participación de pocos sociosy sociedades familiares o de profesionales que quieran desarrollar un negocio con pequeño desembolso inicial.
La responsabilidad es solidaria entre los socios y se limita al capital aportado, de manera que se evita responder con el patrimonio personal a las deudas del negocio.
Puede haber un solo socio, sociedad limitada unipersonal, o un número ilimitado de socios, que pueden ser socios trabajadores y/o socios capitalistas, y ser personas físicas o jurídicas.
En cuanto al capital social, el mínimo es de 3.000€ y no existe máximo.
La sociedad anónima es muy utilizada por las grandes compañías. Todo el capital está dividido en acciones, y lo que se valora es el capital que aporta cada socio. Es adecuada para actividades con un gran número de socios y gran movilidad de capital, así como para las sociedades que quieran cotizar en Bolsa.
La responsabilidad de cada socio es proporcional al capital aportado. Además, la sociedad anónima puede actuar como persona jurídica.
En cuanto al capital social, para crear una sociedad anónima se requiere un capital mínimo de 60.101,21€.
En una sociedad colectiva todos los socios, bajo un nombre colectivo y una razón social, se comprometen a los mismos derechos u obligaciones, según la proporción establecida. Es una sociedad de carácter personalista, y los socios responden subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales.
El número mínimo de socios son dos, y no existe un máximo. No hay establecido un capital social mínimo.
Los socios que aportan bienes o capital son los “Socios Capitalistas”, mientras que los que aportan su trabajo son los “Socios Industriales”.
También llamada sociedad mixta. Coexisten socios que gestionan la sociedad y responden ilimitadamente con su patrimonio, y socios que no gestionan y responden solo por el capital aportado.
Se utiliza cuando una empresa necesita atraer capital exterior sin que se intervenga en la administración. No necesita capital mínimo.
Son sociedades de este tipo las cooperativas y las sociedades laborales. En la cooperativa las personas se asocian libremente para realizar actividades empresariales que buscan satisfacer diversas necesidades económicas y sociales. Tienen una estructura y funcionamiento democrático.
Se necesita un mínimo de tres socios y su capital mínimo depende de los estatutos, aunque algunas comunidades autónomas establecen un mínimo.
Esperamos que con este post sobre la empresa societaria hayamos aclarado tus dudas sobre este tipo de organización empresarial. Es importante que, si vas a constituir una empresa, elijas la sociedad que más se corresponda a tu situación y características.