Trámites tras el fallecimiento de un familiar

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trámites que realizar al fallecer un familiar 

La pérdida de un ser querido es una de las situaciones más difíciles de afrontar a nivel emocional. Sin embargo, justo los más afectados por la muerte, son los que habitualmente necesitan estar más lúcidos para realizar todos los trámites tras el fallecimiento que se requieren.

Efectivamente, cuando fallece un familiar, existen diversas gestiones imprescindibles en un momento muy delicado. Por tanto, la mejor forma de llevarlas a cabo es conocer bien los trámites tras una defunción y saber dónde conseguir el apoyo que realmente puede ayudarte. En este artículo te lo explicamos.

¿Qué hacer cuando fallece una persona?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que tras las 24 primeras horas, es necesario certificar la defunción al Registro Civil del municipio donde se ha producido el fallecimiento para darle reconocimiento legal a lo sucedido. Esta comunicación oficial requiere el certificado médico de defunción, por lo que es esencial conseguirlo el mismo día en que tiene lugar el fallecimiento.

¿Dónde pedir el certificado de defunción?

El certificado de defunción es un documento oficial que acredita la muerte de una persona, debe estar firmado y recoger los datos del médico (identidad y número de colegiado) que la exploró y confirmó su fallecimiento, así como la identidad del difunto.

Además, en este documento debe figurar que existen señales inequívocas de muerte, cuál ha sido la causa, así como la fecha, la hora y el lugar donde ha sucedido. El hospital es el lugar más frecuente donde pedir el certificado de defunción de una persona y es gestionado por la funeraria. No obstante, cuando una persona fallece en casa o en cualquier otro lugar, hay que avisar a un médico que certifique la muerte.

Casos en los que no es obligatorio comunicar la defunción oficial

  • Si se desconoce el lugar exacto de fallecimiento: la inscripción se hace en el Registro del municipio en el que se ha encontrado el cadáver.
  • Si fallece fuera del país: será competente hacer el registro de la defunción en el lugar donde se vaya a producir el entierro.
  • En caso de naufragio o catástrofe aérea: el registro se realizará en el lugar donde se instruyan las primeras acciones, en caso contrario, se establecen por parte de autoridades españolas.

Es importante destacar que únicamente es posible recibir la licencia que nos autorice la incineración o sepultura del fallecido si se notifica el óbito en el Registro Civil. El entierro, además, debe tener lugar transcurridas como mínimo 24 horas desde el momento de la defunción.

Papeles a arreglar después de un fallecimiento

Una vez que la defunción ha tenido lugar, inmediatamente los familiares están envueltos en una serie de trámites burocráticos que habitualmente se suceden por orden cronológico:

El entierro

Si la persona fallecida tenía contratado un seguro de decesos, será la compañía aseguradora, la que se encargue de todos los preparativos necesarios para el funeral.

Occident se hace cargo de todo el proceso gracias a las coberturas que incluye en su seguro decesos: entierro, desde el traslado al tanatorio, la publicación de las esquelas, la preparación del ataúd y las flores. Solo tendrás que llamar a tu compañía y ellos se empezarán a mover por ti, teniendo en cuenta que el seguro se hará cargo de tramitar los documentos más importantes para el entierro:

  • Licencia de enterramiento: Una vez que se ha registrado la defunción oficialmente, hay que solicitar autorización para que el cadáver pueda sepultarse. La expedición de esta licencia se realiza a través de una oficina del Registro Civil.
  • Autorización del traslado: En algunos casos especiales, es necesaria una autorización para trasladar el cadáver. Las condiciones para requerir este documento vienen establecidas por cada Comunidad Autónoma, aunque generalmente es necesario cuando el traslado se produce de una a otra.

Solicitud del certificado de últimas voluntades

Los pasos tras el fallecimiento continúan con la comprobación de la existencia de un testamento, durante los primeros 15 días hábiles tras el mismo. Además, es imprescindible conocer quién es el notario responsable, si la persona fallecida era tomadora de un seguro de vida o de accidentes y con qué aseguradora.

Estas comprobaciones se realizan a través del certificado de últimas voluntades, donde figura toda la información descrita. Su solicitud se realiza de manera presencial o por correo ordinario a través del Ministerio de Justicia.

En el caso de no haber testamento, los herederos deberán firmar un acta de declaración ante notario antes de dar paso a la repartición de la herencia, según lo que marque la ley en materia de sucesión.

Certificado de seguros del fallecido

Acredita aquellos contratos vigentes en el que figura la persona fallecida y en qué entidad. Aquellos contratos de los que se puede obtener un certificado son relativos a los seguros de vida con cobertura de fallecimiento y a los seguros de accidentes en los que se cubra la contingencia de la muerte.

De esta forma, los familiares pueden reclamar a la empresa sus derechos como beneficiarios del seguro.

Solicitud de pensiones

La prestación económica en una pensión se concede a aquellos familiares que hayan convivido y dependido económicamente de la persona fallecida. Entre este tipo de pensiones, están la de orfandad y viudedad. Para realizar el trámite se recomienda acudir a la seguridad social antes de los tres meses del fallecimiento.

Existen algunas empresas o entidades que ofrecen una solución económica que facilitará una renta a cónyuges o hijos de sus trabajadores si estos fallecieran, se trata del seguro de orfandad y viudedad para empresas.

Obtención del testamento

En el caso de que hubiera testamento, son los propios interesados los que deben iniciar las gestiones para revisar su contenido. Para ello se debe presentar ante notario el certificado de defunción y últimas voluntades.

En el caso de que no hubiera testamento, se procederá a realizar un acta de declaración de herederos ante un notario o juzgado.

Liquidación del impuesto de sucesiones

Existe un plazo de 6 meses para liquidar el impuesto de sucesiones y acreditar la nueva titularidad de los bienes en el Registro de la Propiedad correspondiente. En caso de no presentarse en el plazo establecido, se aplica una sanción por no liquidar el impuesto y Hacienda incrementa la cuota a pagar.

Además, si el fallecido contaba con una póliza de seguro, la compañía iniciará los trámites para que reciban la indemnización. Para este paso, también es necesario presentar el certificado de defunción del Registro Civil.

Las emociones después del adiós definitivo

El impacto de un momento así puede afectar a la forma en que cualquier persona procesa y realiza los trámites tanto con la funeraria, como con la compañía aseguradora o un abogado (en el caso de que los trámites impliquen también la apertura de un testamento).

Llevar a cabo estas gestiones en un momento tan delicado no es una tarea fácil, por lo que el apoyo administrativo, psicológico y emocional resulta de gran ayuda para afrontarlas. En este sentido, disponer de un seguro de decesos que se encargue de gestionar algunos de estos trámites burocráticos supone un soporte importante en esta situación tan complicada.

Además de ayudarte a gestionar estos momentos y correr con los gastos del sepelio, esta tipología de seguro pondrá a disposición de los familiares un servicio de atención jurídica especializada en caso de que fuera necesaria.

Una vez que todos los cabos están atados, la vida sigue y es cuando comienza el duelo real, especialmente para los familiares más cercanos del difunto. Es muy importante tomar conciencia de la situación y darse tiempo el tiempo necesario para recuperar el estado de ánimo habitual, aunque a veces implique aprender a vivir con cierto vacío en el corazón.

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