Los tipos de contratos de alquiler: habitual, temporal o turístico

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Tipos de contratos de alquiler

¿Vas a vivir en una casa de alquiler? ¿vas a alquilar una propiedad dentro de poco? Ya seas el inquilino o el propietario, te interesa conocer los distintos tipos de contratos de alquiler y cuáles son sus diferencias para elegir el que más se adapta a las circunstancias de ambos.

En particular, el contrato de alquiler temporal se adapta con facilidad a las características propias de los arrendamientos donde se suele buscar una vivienda para un periodo de tiempo determinado. ¡Te explicamos en qué consiste y por qué se distingue del contrato de alquiler habitual!

Que es un contrato de alquiler temporal

Un contrato de alquiler temporal es aquel que se firma en caso de lo que se conoce como arrendamiento de temporada donde la finalidad para la que se alquila la vivienda adquiere todo el protagonismo.

En un arrendamiento temporal, el inquilino no busca la necesidad de vivienda permanente, sino que precisa el inmueble con motivo de trabajo, estudios, vacaciones, etc. Su duración puede ser de tan solo unos meses o prolongarse para varios años. Todo dependerá de las condiciones pactadas por ambas partes.

La importancia de prevenir incidentes en el arrendamiento temporal

Si eres el propietario de la vivienda, es muy conveniente que cuentes con un buen seguro de hogar que te respalde ante determinados incidentes que pueden ser incluso más frecuentes en inmuebles de alquiler donde los habitantes están de paso, como por ejemplo, rotura de cristales o las humedades producidas por una avería en las tuberías. Una cobertura que te puede resultar muy interesante es la de impago de alquileres para garantizar el pago de las rentas, algo que también puedes hacer aplicando ciertas medidas preventivas, como un contrato de alquiler con avalista.

Diferencias en un contrato de arrendamiento habitual

La principal diferencia entre un contrato de arrendamiento temporal y uno habitual es que el en el segundo se contempla que el inmueble es la vivienda permanente del inquilino.
Cabe destacar que, desde las últimas modificaciones de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU) que se aprobaron en abril del presente año 2019, la duración mínima de este tipo de contrato se ha aumentado de tres a cinco años, por lo que, en caso de pactar una duración menor, el contrato se prorroga automáticamente de manera anual hasta haber cumplido el plazo mínimo.

Tipos de contratos de alquiler

La clasificación de los tipos de contratos de alquiler según su duración, engloba tres grandes grupos. A continuación, los destacamos porque es importante su diferenciación para evitar posibles confusiones. Además, te interesa saber que existen diferentes modalidades de seguros de hogar que pueden encajar con el tipo de vivienda que tienes, incluso si eres el inquilino:

Contrato de alquiler de casa o piso para vivienda habitual

Tal como hemos indicado, este tipo de contratos se firman cuando el
uso de la vivienda se destina a residencia habitual.

Contrato de alquiler de temporada

Los contratos de arrendamiento temporal se caracterizan por cubrir la necesidad de estancia del inquilino durante un periodo de tiempo determinado por motivos distintos: el trabajo, los estudios o las vacaciones son los más comunes.

Contrato de alquiler de uso turístico

Es importante diferenciar el arrendamiento temporal con el de tipo turístico. Este último se diferencia de los dos anteriores en que es de muy corta duración, ofrece servicios de hostelería y normalmente se prolonga a tan solo unas semanas. Por ejemplo, puede tratarse del contrato de alquiler de un piso con unas características concretas, donde se ofrece servicio de desayuno. El contrato de alquiler de uso turístico no está regulado por la LAU y tiene la particularidad de que el propietario está obligado a declarar el IVA relacionado con las rentas que se generen.

Conclusiones

El contrato de alquiler temporal se diferencia principalmente en el uso que el inquilino le va a dar a la vivienda, destacando en este caso las necesidades que tiene, que pueden ser de tipo laboral, académico o de ocio en la mayoría de las ocasiones. La duración de este tipo de arrendamiento se pacta entre las dos partes y puede durar meses o años, frente al contrato de alquiler habitual que tiene una duración mínima de 5 años marcada por la LAU. Por otra parte, es importante diferenciar el arrendamiento temporal con el contrato de alquiler de uso turístico, de características distintas.

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