- La tarifa plana para los autónomos consiste en aplicar una cuota más reducida a todos aquellos trabajadores por cuenta propia.
- La medida pretende que los nuevos emprendedores puedan generar autoempleo.
- Para solicitar la tarifa plana se deben cumplir unos requisitos.
Encontrar trabajo no siempre es fácil, sobre todo para determinados sectores de la población, como puede ser el de los mayores de 45 años. Para ellos, crear su propio negocio puede ser una opción interesante de cara a seguir integrados en el mercado laboral. Además, cada día hay más emprendedores que quieren poner en marcha una idea, y la tarifa plana de autónomos es un incentivo a tener en cuenta.
Lo cierto es que enfrentarse al pago de las cuotas de la Seguridad Social para autónomos no es algo sencillo. Sobre todo cuando se trata de poner en marcha un negocio casi desde cero y del que no se sabe cuándo empezará a dar beneficios. Comenzar pagando una cuota reducida permite sobrellevar este coste en los primeros meses de trabajo.
¿En qué consiste la tarifa plana para autónomos? ¿Qué requisitos se tienen que cumplir para solicitarla? ¿Cuáles son los cambios respecto a medidas anteriores? Demos respuesta a estas importantes cuestiones.
Tarifa plana para autónomos
La tarifa plana para autónomos es una medida de estímulo para el emprendimiento, que consiste en aplicar una cuota más reducida a todos aquellos trabajadores por cuenta propia que cumplan los requisitos.
Esta medida impulsada por el gobierno pretende que los nuevos emprendedores puedan generar autoempleo sin la presión que supone tener que pagar la cuota completa. La Seguridad Social de autónomos tiene una cuota mínima que ronda los 290€, mientras que la tarifa plana reduce esta cantidad a 60€ al mes durante el primer año de trabajo.
Hay que tener en cuenta que estos 60€ iniciales solo son una parte de esta tarifa plana, ya que varía con el paso del tiempo.
En otras palabras, un nuevo autónomo que se acoge a esta tarifa pagará:
- 60€ al mes a la Seguridad Social durante el primer año de cotización.
Un 50% de reducción de la cuota mínima mensual durante los 6 meses siguientes. - Un 30% menos de la cuota mínima entre los 18 y 24 meses.
Si el nuevo autónomo es menor de 30 años, hasta 35 en el caso de las emprendedoras, la tercera cuota se amplía un año más, hasta los 36 meses. - Existe una tarifa plana ampliada para autónomos en municipios de menos de 5000 habitantes que amplía la cuota inicial de 60€ los primeros 24 meses, y un 30% de descuento durante el año siguiente.
- Personas con discapacidad y víctimas de violencia de género o terrorismo también pueden disfrutar de la tarifa plana de 60€ los dos primeros años, y un 50% a partir del mes 25 hasta un máximo de 5 años desde que se dio de alta.
Esta medida no solo favorece a quienes se decidan a trabajar por cuenta propia. También se pueden acoger a esta tarifa plana de autónomos los emprendedores que necesiten contratar empleados y los autónomos societarios, así como los autónomos que hayan accedido a la tarifa plana en el pasado, pero hayan cesado su actividad o se hayan dado de baja del RETA en un plazo establecido. Otro colectivo que puede beneficiarse son los trabajadores en pluriactividad que compaginen trabajo por cuenta ajena con el autoempleo, aunque en este caso pueden elegir entre acogerse a la tarifa plana o a una reducción específica del 50% en las cuotas por pluriactividad.
En todos los casos, la ley establece 3 supuestos en los que no es posible acogerse a la tarifa plana:
- Haber tenido otras bonificaciones de la seguridad Social como autónomo.
- Ser administrador de una sociedad mercantil.
- Estar en régimen de autónomo colaborador (familiar). Para este caso existen otro tipo de bonificaciones.
Requisitos para solicitar la tarifa plana
Una vez aclarado en qué consiste, ha llegado el momento de conocer los requisitos para beneficiarse de la tarifa plana de Seguridad Social para autónomos:
- No haber estado en el RETA y ser un nuevo cotizante en este régimen.
- En el caso de haber estado de alta con anterioridad, es necesario que hayan pasado como mínimo 2 años desde que se dio de baja, 3 si se ha disfrutado de alguna bonificación o 5 en el caso de los autónomos colaboradores.
- Para nuevos autónomos en municipios de menos de 5000 habitantes, se debe estar empadronado en la localidad en el momento de darse de alta.
- En otros casos se pueden solicitar certificados que indiquen su condición, como la invalidez o una sentencia judicial en firme.
El cálculo de la cuota se estipulará en función de la situación de cada solicitante. Además, también es necesario que el alta en el RETA se registre en Hacienda con los mismos datos en los que se va a realizar la actividad. Si durante el tiempo que se disfruta de la cuota reducida hay un cambio de domicilio, es esencial notificarlo cuanto antes para no perder las bonificaciones.
Es necesario que el alta en el RETA se registre en Hacienda.
¿Cuáles han sido los cambios?
Desde que se puso en marcha este estímulo para el autoempleo con el RDL 4/2013, las medidas se han ido modificando para incorporar mejoras y ajustes respecto al plan inicial.
- Por ejemplo, al principio solo se limitaba la bonificación a los menores de 30 años. Esta limitación de edad se eliminó algunos meses después. Sin embargo, este colectivo sigue teniendo algunas bonificaciones especiales, como la ampliación de la tercera cuota.
- En 2015, se incluye en la tarifa plana a los autónomos que necesitan contratar algún empleado. Hasta entonces no podían acogerse a estas bonificaciones.
La tarifa plana se amplió a 24 meses en 2018, aplicando una serie de tramos. - Se incorpora la tarifa plana rural ampliada para emprendedores en poblaciones de menos de 5000 habitantes.
- Las autónomas que hayan estado de baja por maternidad pueden disfrutar de 12 meses de tarifa plana cuando retomen la actividad, sin tener que esperar los 2 años que se estipulaban antes.
- Otro cambio que se incorporó en 2018 fue que si alguien se da de baja siendo beneficiario de tarifa plana, tendrá que esperar 3 años para volver a solicitarla. Hasta entonces, tan solo se descontaban los meses en los que se estaba de baja y se retomaba la tarifa conforme al mes en curso desde el alta inicial.
- A partir de enero de 2019, la cuota de la tarifa plana pasa de 50 a 60€. A cambio de ello, se añade la cobertura por contingencias, tanto comunes como profesionales.
Ayudas para el emprendimiento
Con estas medidas, se busca sobre todo impulsar el autoempleo y facilitar a los sectores más vulnerables el mantenimiento de sus opciones en el mercado laboral. El objetivo es consolidar poco a poco el puesto de trabajo para que haya continuidad, y poder cubrir la cuota completa a medio plazo.
¿Cómo solicitar la tarifa plana y darse de alta como autónomo? Lo más recomendable es ponerse en manos de un gestor, que se encargue de realizar todas las acciones necesarias para convertirse en trabajador por cuenta propia. Puedes encontrar profesionales que ofertan el alta y la gestión de tu documentación a precios asequibles. Aunque también puedes acudir a las oficinas de la Seguridad Social, pedir información y realizar las labores de gestión de tu negocio por tu cuenta.
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