Rescate PIAS, ¿cuándo y cómo debo hacerlo?

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Crear una capital de forma sostenida en el tiempo para poder afrontar nuestros proyectos es, sin duda, un síntoma de una adecuada planificación financiera. Pero ¿qué ocurre si tenemos una necesidad imperiosa de afrontar algún gasto imprevisto? ¿Con qué recursos contamos? Aquí cobra fuerza el conocido refrán de “quien guarda, halla”. Por eso es importante conocer qué instrumentos financieros nos permiten constituir esa reserva que nos aporte una tranquilidad en caso de necesidad. Uno de los más adecuados es el PIAS.

En este artículo te damos toda la información que necesitas para conocer sus peculiaridades, desde cómo y cuándo podremos disponer de nuestros ahorros, hasta cómo realizar el rescate del PIAS.

¿Qué es un PIAS? 

El Plan Individual de Ahorro Sistemático, también conocido como PIAS, es un instrumento destinado a crear un patrimonio mediante el ahorro regular de una parte de nuestros ingresos. A las primas periódicas aportadas se le añaden los rendimientos obtenidos por las mismas.

El objetivo principal de un PIAS es generar un capital que en el futuro pueda servir como complemento a la pensión de jubilación. Eso quiere decir que cuanto antes comencemos a ahorrar mejor y más fácil será que acumulemos el capital necesario para generar ese complemento.

Características de los PIAS

Entre las principales características de los PIAS destacan las ventajas orientadas a conseguir el máximo beneficio para los asegurados, siendo un producto perfectamente regulado:

Como su propio nombre indica son individuales, es decir, todas las figuras que intervienen en el contrato son la misma persona, tomador, asegurado y beneficiario.

  • El ahorro es sistemático, así que está orientado al pago de primas periódicas, con el fraccionamiento y periodicidad que se desee, incluyendo la posibilidad de hacer aportaciones extraordinarias.
  • La aportación máxima anual en todos los productos de esta clase, ya que se pueden tener varios contratados a la vez, es de 8.000€, con un máximo total de 240.000€ por asegurado
  • El PIAS lleva incluido también un pequeño capital de fallecimiento que percibirían los beneficiarios junto con el capital acumulado en la fecha.
  • Tal y como remarcamos anteriormente el PIAS se puede rescatar después del primer año, y además se puede traspasar entre entidades por lo que si lo que quieres es cambiar de gestor de tu dinero, no necesitas rescatar el plan y seguirás conservando la antigüedad del mismo.
  • Esa antigüedad es muy importante, porque la principal característica de los PIAS, y también su mayor beneficio es que si mantienes el PIAS al menos 5 años y lo rescatas en forma de Renta Vitalicia, todo el rendimiento que haya generado tu dinero estará exento de tributación. De esta forma obtendrás un doble beneficio porque además la tributación de las rentas vitalicias también tiene sus beneficios fiscales.

Diferencias entre PIAS y planes de pensiones

A menudo se confunden los PIAS y los Planes de Pensiones puesto que ambos son productos orientados a complementar la pensión de jubilación. Sin embargo, presentan diferencias importantes respecto a las características comentadas anteriormente:

  • Límites: mientras los PIAS tienen el límite de aportación anual en 8.000€, los PPI cuentan con límite actual de 1.500€ para las aportaciones individuales. 
  • Beneficios fiscales en la tributación:
    • En los PIAS residen en la percepción del capital si se hace en forma de renta vitalicia, de forma que están exentos los rendimientos obtenidos. Veremos más adelante su tributación en caso de no percibirse en forma de renta vitalicia. 
    • En los PPI son las primas aportadas cada año las que cuentan con beneficio fiscal, de forma que pueden reducir la base imponible en la cuantía aportada. Por el contrario, en el momento de percibir la prestación tributarán por el total del capital percibido, no solamente por los rendimientos
  • Derechos de rescate:
    • El derecho de rescate del PIAS puede ejercitarse una vez transcurrida la primera anualidad por la mera voluntad del tomador y de forma total o parcial.
    • En los PPI solamente puede percibirse la prestación en aquellos casos previstos legalmente.

Tipos de PIAS

Podemos distinguir dos clases de PIAS dependiendo de la forma en que elijamos obtener la rentabilidad:

  • PIAS con rentabilidad garantizada: existe una Tasa de Revalorización Diaria determinada y precomunicada que se emplea para revalorizar el valor acumulado de la póliza. Un ejemplo de esta modalidad sería el PIAS Confianza de Occident.
  • PIAS sin rentabilidad garantizada: el ahorro va vinculado a algún fondo de inversión. De esta forma en caso de evolución favorable del fondo elegido se puede llegar a obtener una rentabilidad mucho más atractiva, aunque no exenta de riesgo. Equivaldría al PIAS Inversión de Occident.

Plan de ahorro a corto, medio o largo plazo

Con el PIAS puedes planificar tu ahorro para una necesidad futura y concreta como, por ejemplo, la compra de un vehículo o una vivienda, o bien ahorrar de cara a la jubilación con un plazo más largo.

Dependiendo del horizonte de la inversión deberás evaluar el tipo de PIAS que más te conviene: cuanto más corto sea el plazo menos riesgo deberías asumir y tus ahorros deberían ir orientados a una modalidad similar al PIAS Confianza, pero si cuentas con recuperar tu dinero a medio o largo plazo puedes buscar una mayor rentabilidad como sería caso del PIAS Inversión.

¿Debería rescatar mi PIAS?

El objetivo principal por el que deberíamos contratar un PIAS ya ha sido aclarado y reside en el momento de la jubilación. No obstante, una de sus principales ventajas es la posibilidad de acudir a él para afrontar gastos imprevistos que no podamos cubrir de ninguna otra manera. En el momento que realizamos un rescate del PIAS y recibimos el valor acumulado en forma inmediata, no mediante renta vitalicia, desaparecen las ventajas fiscales del producto por lo que tenemos que sopesar si es la única vía de la que disponemos para obtener ese capital.

Por lo tanto, antes de rescatar un PIAS, salvo que sea por la finalidad prevista, debemos valorar si es la mejor de las opciones que se nos plantean.

Fiscalidad del rescate

Tal y como hemos visto, el PIAS cuenta con muchas ventajas, pero si le añadimos los beneficios fiscales, podemos definirlo como un instrumento de ahorro inmejorable.

Hay que tener en cuenta que las ventajas fiscales están vinculadas al rescate total del PIAS, ya que en la aportación de las primas regulares o extraordinarias la fiscalidad no afecta para nada. Ahora bien, en el momento del rescate pueden darse dos situaciones:

  • Cobrar en forma de capital, es decir, todo el dinero de una sola vez: en este caso los rendimientos obtenidos por tu dinero sí tributarán conforme indique la ley del IRPF en ese momento. Actualmente tributan como rendimiento del capital mobiliario.
  • Cobrar en forma de renta vitalicia: en este caso, si tu póliza tiene una antigüedad mínima de 5 años, todos los rendimientos obtenidos por tu dinero estarán exentos de tributación.

Pero las ventajas no terminan ahí, ya que en función de la edad que tengas cuando realices el rescate, la tributación de esa renta vitalicia puede aportarte más beneficios. Es decir, cuanto más tarde percibas esa renta menos tendrás que tributar. Esta tributación se hará por la cuantía de la pensión que percibas.

Conclusiones finales

La posibilidad de hacer frente a necesidades patrimoniales futuras previstas debe ser un elemento imprescindible en nuestra economía doméstica. Si has tomado la decisión de empezar a ahorrar, quieres que tu dinero te aporte una rentabilidad extra y que además esté disponible de una forma asequible, el PIAS puede ser la solución.

Como hemos visto, con el PIAS tú decides sobre tu dinero, lo puedes adaptar a lo largo del tiempo a tu nivel adquisitivo y además, una vez transcurrido el primer año, podrás solicitar su rescate con total libertad.

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