La incapacidad permanente total se declara, cuando provocada por enfermedad o accidente, inhabilita a un trabajador para llevar a cabo el desempeño de su profesión habitual. Es importante destacar el hecho de que este impedimento, sí le permitirá trabajar en otra profesión distinta a la habitual, ya que esto es lo que precisamente la diferencia de la incapacidad permanente absoluta.
En este artículo encontrarás toda la información sobre los requisitos para solicitar una incapacidad permanente total, el tiempo mínimo de cotización que se te exigirá, etc.
¿Por qué es una incapacidad permanente total?
Porque a pesar de estar habilitado para poder trabajar en algo diferente, no existe una posibilidad de mejorar de su dolencia, y recuperarse hasta el grado de retomar su puesto de trabajo para desempeñarlo correctamente.
El reconocimiento de tipo de incapacidad laboral permite acceder a ayudas económicas que el Estado proporciona en forma de pensión o prestación para aliviar los perjuicio económicos de no poder seguir trabajando en su puesto habitual.
Calcular la prestación por incapacidad permanente total
Para hacer el cálculo de la prestación que corresponde, se tienen en cuenta varios factores como la naturaleza de la incapacidad (si se trata de una enfermedad común, un accidente no laboral o si es debido al trabajo):
- Enfermedad común: se divide la base de cotización de los últimos 96 entre 112. Se hace una actualización de los 72 primeros meses conforme al IPC. Dependiendo de los años que se han cotizado, se aplica un porcentaje (el mínimo es un 50%).
- Accidente no laboral: dentro de los 7 años previos a la solicitud, se eligen 24 meses cotizados de forma ininterrumpida. Si no se ha cotizado durante 2 años seguidos, se escoge el período más beneficioso para el solicitante. Se divide la cantidad obtenida entre 28.
- Accidente o enfermedad laboral: se multiplica el sueldo de un día (incluyendo pluses por antigüedad) por 365. Se suman todos los beneficios y pagas extra del año anterior. Las horas extra y complementos se dividen entre los días trabajados ese año y se multiplican por 273, o menos si se han trabajado menos días. Se suma todo y se divide entre 12.
A estas cifras se les aplica el porcentaje según sea el grado de incapacidad. Se le puede añadir un 20% complementario si se trata de una incapacidad cualificada. En caso de enfermedad o accidente laboral, también puede haber un complemento adicional del 30-50%.
Ejemplos de incapacidad permanente total
Existe una gran cantidad de ejemplos en las cuáles la pérdida de capacidades motoras o intelectuales desembocan en una incapacidad permanente total reconocida. Estos son algunos de ellos:
- Un joyero que padece glaucoma severo, hasta el punto de perder parte importante de la vista.
- Un cirujano que sufre la enfermedad de Párkinson, y a medida que avanza no puede desarrollar su labor de precisión.
- Un telefonista que debido a un accidente pierde el oído.
En cualquiera de estos casos, cabe la posibilidad de que puedan trabajar en otros campos, pero tienen una incapacidad permanente total para desarrollar la tarea a la que se han estado dedicando hasta el momento de sufrir la enfermedad o el accidente.
Requisitos para acceder a la incapacidad permanente total
Para recibir el reconocimiento de que se tiene una incapacidad permanente total, es necesario cumplir con una serie de requisitos:
- Haber recibido el alta médica. No se determina el grado de incapacidad mientras se esté de baja laboral debido al trabajo o a una enfermedad, ya que las secuelas aún no se pueden valorar.
- Tener al menos una reducción del 33%, bien en cuanto a movilidad o capacidad funcional, que impida el desarrollo de las tareas que hacía la persona afectada.
- Que la reducción se considere permanente y definitiva. Esto no implica que a largo plazo pueda cambiar la situación, en cuyo caso se procedería a valorar de nuevo.
- La incapacidad debe estar certificada por un profesional. Lo normal es que sea el médico que ha tratado el problema desde su origen, y después un tribunal médico que lo revise.
- Que la persona esté incapacitada para su trabajo habitual, pero no para otras tareas. Si no fuera capaz de trabajar en ningún otro sitio, se trataría de una invalidez o una incapacidad permanente absoluta.
- La persona que accede a la incapacidad permanente total debe estar dada de alta en la Seguridad Social en el momento del accidente o el diagnóstico de la enfermedad.
- Si la incapacidad procede de una enfermedad común, y no de un accidente o enfermedad profesional, deberá haber cotizado durante un período estipulado según el grado de incapacidad y el trabajo que desarrollaba.
Cuantos años cotizados son necesarios para tributar una incapacidad permanente total
En caso de que se trate de un accidente, sea o no laboral, o de una enfermedad profesional, no es necesario tener un tiempo mínimo de cotización a la seguridad social para acceder a la prestación. Solo se tienen que cumplir los requisitos que hemos listado arriba.
En el caso de una enfermedad común, los menores de 31 años deben haber cotizado al menos un tercio de los años transcurridos desde cumplir los 16. Es decir, que si la incapacidad se produce a los 25 años, al menos debe haber cotizado 3 años.
Los mayores de 31años, tendrán que haber cotizado un mínimo de 5 años, siendo el periodo genérico de cotización un cuarto del tiempo transcurrido desde los 20 años hasta el el hecho que cause la incapacidad. Además de esto, una quita parte de ese periodo debe estar comprendida entre los 10 años anteriores al hecho causante o bien en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha en que cesó la obligación de cotizar.
Nadie está exento de sufrir un revés
Por mucho cuidado que tengamos en nuestro trabajo, no podemos evitar por completo que un accidente o una enfermedad nos incapacite. Por eso, en caso de que ocurra algo inesperado es muy importante conocer los recursos de los que se dispone para que la situación al menos no implique también problemas económicos graves.