Impuesto de sociedades Pymes

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Impuesto sociedades Pymes

El impuesto de sociedades en las Pymes suele dar mucho dolor de cabeza a los propietarios o socios de una empresa. En parte, debido a los sucesivos y recientes cambios que ha sufrido. ¿Qué necesitas saber sobre el impuesto sobre sociedades en la actualidad? ¿Qué tipos impositivos tiene el impuesto de sociedades?

¿Qué es el impuesto de sociedades y cuándo se presenta?

El impuesto de sociedades es una tasa que grava la renta de las personas jurídicas, a diferencia del IRPF que grava a las personas físicas. Cada sociedad, en función de su tipo impositivo y de sus beneficios, tributan de forma diferente. Y es que las sociedades pagan este impuesto calculando el porcentaje respecto a las rentas obtenidas dentro del resultado contable de un ejercicio.

Respecto a la fecha en la que se debe presentar el impuesto de sociedades por parte de las Pymes, hay que señalar que, para la mayoría, el periodo impositivo va a coincidir con un año natural. En ese caso, la presentación debe hacerse con fecha límite del 25 de Julio a través del modelo 200 y del modelo 220.

Tipos de impositivos del impuesto de sociedades

De tipo general

Tras la reforma fiscal del Gobierno el tipo general se vio reducido en dos tramos. En primer lugar, en 2015, se redujo hasta el 28%. Ahora es del 25 % desde el 1 de enero del 2016.

De tipo reducido

Para el primer y segundo periodo impositivo en los que la base imponible sea positiva, existe un tipo impositivo reducido del 15 % para sociedades que inicien su actividad económica. Además, para las sociedades cooperativas existe una protección fiscal que implica, entre otras, que tengan un impuesto sobre sociedades del 20%. En este caso, quedan exentos los resultados financieros extracooperativos, que tributan al tipo general.
En este enlace podemos observar las distintas variaciones que el Gobierno de España ha introducido en los últimos tiempos respecto al impuesto sobre sociedades pymes.

En el siguiente enlace, puedes consultar las distintas variaciones que ha introducido el Gobierno de España respecto al impuesto de sociedades para pymes y grandes empresas durante los últimos años.

¿Es posible hacer pagos fraccionados?

A la pregunta de si es posible hacer pagos fraccionados en el impuesto de sociedades, la respuesta es que sí. Existe una norma general para la aplicación de pagos fraccionados dentro del impuesto de sociedades. Se debe calcular en base al importe completo del último período impositivo que ya haya vencido, teniendo en cuenta deducciones, bonificaciones, retenciones o ingresos a cuentas que hayan existido en ese espacio de tiempo. En este caso se aplica un porcentaje fijo del 18% a esa cuota para saber cuál será el importe que debemos ingresar por el pago fraccionado.

Existe también una regla especial distinta a la de carácter general respecto al cálculo de los pagos fraccionados. Opcionalmente, se podría calcular el pago en función de la base imponible que salga de los 3,9 u 11 meses del ejercicio. Puedes consultar aquí, en la página web de la Agencia Tributaria, ambas modalidades de pago fraccionado.

Impuesto de sociedades para pymes: Ahorrarse trámites es posible

El impuesto sobre sociedades en las pymes puede llegar a ser un quebradero de cabeza. Ahorrarse trámites es muy sencillo si cuentas con un seguro para empresas flexible o un seguro para pymes, con asesoramiento profesional y que incluya la máxima cobertura ante eventualidades que puedan alterar el desempeño habitual de una empresa. Un seguro para todo lo que importa respecto a tu negocio.

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