Guía básica para entender el impuesto del IBI

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El impuesto del IBI toma como base el valor catastral del inmueble

 

Si acabas de comprar un bien inmueble, a partir de ahora tendrás que pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Este impuesto depende del ayuntamiento de tu localidad y grava todas las propiedades de este tipo, sólo por el hecho de tenerlas. Su funcionamiento puede resultar complejo y origina muchas dudas entre los propietarios, que merece la pena aclarar.

Quién paga el IBI

Solo están exentos de pagar este impuesto algunos edificios públicos, como los de la Iglesia, las sedes diplomáticas o los reconocidos como patrimonio histórico. De todos modos, y pese a la generalización de pago del IBI, es importante tener en cuenta que en caso de venta de la vivienda, deberá pagar el impuesto quien sea propietario a día 1 de enero del año en curso.

Asimismo, merece la pena recalcar que el IBI es un impuesto a pagar por parte de los  propietarios. Si el inmueble está alquilado, únicamente se podrá repercutir el impuesto en el arrendatario si se refleja como una cláusula en el contrato de alquiler.

El cálculo del IBI

Sin duda, ésta es una de las cuestiones que provoca más dudas entre los propietarios. La verdad es que el ayuntamiento de cada localidad fija, dentro de unos márgenes previamente establecidos por ley, la cuantía del IBI que deberán pagar los propietarios.

La base del cálculo del IBI es el valor catastral del bien inmueble, al que se le aplica el coeficiente decidido por el ayuntamiento. Este valor catastral es inferior al precio de mercado del inmueble y es revisado periódicamente por la administración. Entre los factores que se tienen en cuenta para establecerlo destacan la localización, la antigüedad o el coste de ejecución y material de la construcción.

 

El importe que paga cada propietario

El pago del IBI está sujeto a ciertas bonificaciones establecidas por ley, como las que afectan a las viviendas de protección oficial o a los bienes rústicos de cooperativas agrarias. Además, cada ayuntamiento puede establecer las bonificaciones que considere oportunas.

Hay que tener en cuenta que cada 10 años se revisa el valor catastral de los bienes inmuebles, lo que repercute teóricamente en una subida directa del IBI.  Algunos ayuntamientos aplican un coeficiente reductor para que ésta acabe siendo paulatina y no afecte tanto a sus ciudadanos.

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