Donación en vida o herencia: ¿qué compensa más? Impuestos y otros factores a tener en cuenta

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donación en vida o herencia

Donación en vida o herencia.  No siempre es fácil saber cuál es la mejor forma de legar nuestros bienes. Aunque la herencia es lo más habitual, existen otras opciones que pueden ser más beneficiosas para nuestros seres queridos o se adaptan mejor a nuestras preferencias.

En este post hablaremos sobre donación en vida: repasaremos los impuestos y factores que hay que tener en cuenta para cada una de esas figuras y calcular qué opción nos interesa más. Tanto si escoges la donación en vida como la herencia, recuerda que el seguro de decesos familiar de Occident pone a tu disposición una amplia gama de servicios para ayudarte a tomar la decisión correcta y velar por tu bienestar y el de tu familia.

Donación en vida o herencia: ¿qué opción es más recomendable?

En el Derecho español, la herencia tras el fallecimiento y la donación en vida son las dos vías principales para transmitir los bienes a nuestros herederos. Las dos comparten parte de su regulación tributaria, a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, este impuesto está regulado por las comunidades autónomas. Eso significa que hay diferencias considerables en las cantidades a pagar, en función del lugar en el que vivimos.

Por norma general, la herencia es algo menos costosa que la donación en vida: además del Impuesto de Sucesiones, cada una tributa de forma diferente. Aun así, hay otros factores que tienen mucha influencia en los costes, como el valor de los bienes o la relación entre las partes. Por eso, a la hora de escoger es importante reflexionar, y analizar nuestra situación particular.

Razones por las que optar por la donación en vida

La donación en vida, o inter vivos, consiste en dar los bienes propios sin recibir nada a cambio. Tal y como lo define el artículo 618 del código civil: “La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.”

Más allá de esta definición general, existen diferentes tipos de donaciones en vida distintas según las causas y las condiciones que se establezcan. Entre ellas están:

  • Donación pura: el ejemplo estándar, en el que no se establecen condiciones para donar algo.
  • Donación remuneratoria: Se dona algo a cambio de un servicio prestado que no genera deuda, como por ejemplo el cuidado de un miembro de la familia.
  • Donación condicional: Si no se cumplen unas condiciones concretas, no se realiza la donación. Es similar a la donación con cláusula de reversión, en la que se donan los bienes en un primer momento pero se pueden recuperar si se da una condición.
  • Donación con facultad de disponer: el donante puede disponer de algunos de los bienes que ha donado hasta que fallezca.
  • Donación onerosa: Esta última donación consiste en una venta realizada por debajo del valor real del bien. Se entiende que, al vender ese bien a un precio tan bajo, se está donando una cantidad de dinero adicional.

Esta diversidad de modalidades hace que la donación se pueda realizar en las condiciones que uno prefiera. Sin embargo, su ventaja principal es la inmediatez: es el método ideal para ayudar a un ser querido a través de nuestros propios bienes.

Otro beneficio claro de la donación es que podemos beneficiar a quien queramos en mayor medida. La donación en vida es libre, por lo que no tienen lugar las discusiones frecuentes en las herencias. Eso no tiene que hacernos creer que somos injustos: si donamos algo en vida a uno de nuestros hijos, se tendrá en cuenta como una donación colacionable a la hora de calcular la herencia legítima cuando fallezcamos.

Motivos por los que es mejor optar por la herencia

La herencia tradicional se produce solo después del fallecimiento. Por lo tanto, es la opción más adecuada para casos en los que no hay una necesidad económica que requiera ayuda inmediata. En ese sentido, un beneficio importante de la herencia es que no tendremos que hacernos cargo de pagar ningún impuesto por transmitir nuestros bienes, a diferencia de lo que sucede en la donación.

Otras ventajas de la herencia tienen que ver con el testamento que la establece. El testamento es una herramienta necesaria para cumplir nuestra voluntad; una herencia sin testamento solo beneficiará a los herederos forzosos. Aunque su carácter obligatorio parezca un inconveniente, el testamento es muy útil: es fácilmente modificable, mientras que la donación en vida es irrevocable e irreversible salvo en excepciones muy contadas.

La flexibilidad del testamento es lo que convierte la herencia en una opción a tener en cuenta. En la donación no es posible recuperar los bienes que se han dado, mientras que en la herencia siempre pueden retirarse del testamento. Si lo que nos preocupa es que la herencia no satisfaga las necesidades de nuestros seres queridos en el futuro, siempre pueden decidir poner la herencia a beneficio de inventario. Así, disfrutamos de nuestros bienes en vida y dejamos que nuestros herederos escojan cómo gestionarlos.

Impuesto sobre donaciones y herencias: cómo gestionarlo

Uno de los factores clave para decidirse entre donación o herencia es la gestión de los impuestos. Ambos métodos de transmisión de bienes tienen dos impuestos en común:

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones: en ambos casos, los receptores de los bienes deben pagar este impuesto. Como ya hemos dicho, su regulación es autonómica y por lo tanto es muy variable en función de nuestra residencia. Además, algunas Comunidades Autónomas ofrecen reducciones, sobre todo en el caso de herencias aceptadas por menores de 21 años.
  • Plusvalía municipal: en el caso de la donación o herencia de bienes inmuebles, el heredero o donatario tendrá que pagar este impuesto. Se calcula en base al aumento del valor del terreno sobre el que está construida la finca, y puede llegar a una cuantía superior al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Sin embargo, la donación de vivienda también está gravada por un impuesto adicional: el IRPF por ganancias o pérdidas patrimoniales. El derecho tributario trata la donación en vida como una especie de “compraventa gratuita”, por lo que el donante tendrá que pagar por el aumento de valor del bien. Por suerte, el impuesto no se aplica si se dona dinero, o si el inmueble es la residencia habitual.

Tu bienestar y el de los tuyos, el factor más importante

En definitiva, hay una gran cantidad de factores que influyen a la hora de elegir entre la donación en vida y la herencia. Lo más importante es pararnos a pensar qué queremos conseguir, cómo queremos distribuir nuestros bienes y cómo preferimos que se apliquen los impuestos.

La decisión no es sencilla, por lo que la mejor opción es contar con asistencia jurídica por parte de un profesional. Por ese motivo, el seguro de decesos de Occident pone a tu disposición un servicio de atención telefónica para resolver tus dudas. Con la ayuda de un experto, te será más fácil velar por tu bienestar y el de tu familia.

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