¿Cómo saber si una persona fallecida tenía seguro de vida?

¿Te ha gustado este artículo?
Puntuación: 0 basado en 0 valoraciones

certificado de seguros de vida

Perder a un familiar o a un ser querido supone un momento duro para cualquier persona. Aun así, hay ciertos trámites que deben realizarse cuando esto sucede. Un ejemplo es el de comprobar si el fallecido tenía un seguro de vida. En caso de que lo tuviera, la persona en cuestión habrá estado manteniendo el servicio durante años para que, llegado este momento, su familia pueda disfrutar de mayor tranquilidad y de los servicios asociados a este momento.

Si os estáis preguntando cómo saber si un fallecido tenía un seguro de vida, os vamos a explicar cuáles son los procedimientos a seguir para que, llegado el momento, podáis realizar el trámite de la manera más ágil y sencilla posible, sin perder más tiempo del estrictamente necesario para llevar a cabo el proceso.

Registro General de Actos de Última Voluntad

Cada vez que alguien contrata un seguro de vida que entre sus servicios ofrezca la cobertura de fallecimiento, tiene que quedar registrado por ley en el Registro General de Actos de Última Voluntad de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Así pues, existe una base de datos perteneciente al Ministerio de Justicia en la que se podrá comprobar si la persona fallecida tiene seguro de vida y con qué compañía lo tiene contratado. Todos estos datos quedarán reflejados en el “Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento”, que es el documento que tendremos que obtener.

Podemos obtener este certificado de seguros de vida de tres maneras distintas: online, presencial o por correo ordinario. Sea cual sea la opción que elijamos, tendremos que presentar la misma documentación y el mismo impreso oficial, lo único que cambia es la forma y el lugar en el que entregaremos estos documentos.

Documentación y requisitos para obtener el certificado

Lo primero que tendremos que hacer es rellenar el Modelo 790. Este es gratuito y se puede conseguir tanto en las oficinas territoriales del Ministerio de Justicia como por Internet en su página web. Es importante remarcar que se deben esperar 15 días desde el momento en que se produzca el fallecimiento hasta poder presentar la solicitud. Junto a esta solicitud hay que presentar el certificado de defunción y abonar la tasa correspondiente, que actualmente es de 3,74 euros.

Una vez cumplidos estos requisitos y entregada la documentación de forma presencial, por correo u online; tendremos que esperar a recibir el certificado. El tiempo que puede transcurrir dependerá de la comunidad autónoma en la que vivamos y el número de solicitudes que se haya realizado y estén pendientes en ese momento, aunque la media acostumbra a ser de una semana.

Una vez tengamos el certificado, podremos comprobar si la persona tenía contratado un seguro de vida con coberturas por fallecimiento. En este tipo de coberturas, por ejemplo, los beneficiarios pueden recibir el capital asegurado para dicha contingencia o, incluso en Occident si se trata de un fallecimiento por accidente, recibirán el doble del capital asegurado. Si el accidente es de circulación, el capital recibido será el triple y si, además, en el mismo accidente fallece el cónyuge, los hijos recibirán una prestación adicional.

La tranquilidad que aporta un seguro de vida es una opción muy a tener en cuenta, ya que nunca podemos saber qué nos deparará el futuro y, de esta manera, podemos garantizar que pase lo que pase, nuestra familia no tendrá más cargas adicionales a las que ya supone un fallecimiento o enfermedad grave.

En Occident sabemos lo importante que es asegurar la tranquilidad de nuestra familia pase lo que pase, es por eso que, en nuestros seguros, ofrecemos un servicio de atención personalizada. Para que cuando se necesite se pueda realizar cualquier consulta a uno de nuestros Asesores Personales.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

17 + seis =