- La baja maternal es un derecho que tiene toda mujer trabajadora cuando se convierte en madre, bien por dar a luz, por adopción o por acogimiento familiar durante al menos un año.
- Para solicitar la prestación por maternidad tienes que cumplir una serie de requisitos especificados en el BOE, que varían en función de la edad.
- La baja por maternidad busca sobre todo poder atender al nuevo hijo durante sus primeros meses, y no solo la madre sino también el padre, una reclamación que se llevaba haciendo desde hace muchos años.
La baja maternal es una cuestión que siempre suscita dudas. ¿Cuántos días te corresponden? ¿Cómo solicitarla? ¿Qué requisitos tiene la baja por maternidad? Los cuidados que necesita una nueva vida recién llegada al mundo hacen que los progenitores necesiten un tiempo extra. Se trata de un periodo necesario sobre todo para la madre, en especial si decide darle el pecho, pero el padre no está exento de responsabilidad y es normal que quiera colaborar con el cuidado de su bebé desde los primeros días.
Si estás embarazada, acabas de dar a luz o es tu pareja la que está en esta situación, en este post damos respuesta a las preguntas más frecuentes en relación con la baja por maternidad. Y recuerda que con el seguro de asistencia sanitaria tienes un cuadro de expertos con el que podrás resolver tus dudas y cuidar a tu bebé durante todo el proceso de gestación, parto y atención posterior.
Baja por maternidad
La baja maternal es un derecho que tiene toda mujer trabajadora cuando se convierte en madre, bien por dar a luz, por adopción o por acogimiento familiar durante al menos un año. España tiene una baja por maternidad de 16 semanas, una de las más reducidas de toda Europa.
Además, la legislación vigente incluye un período de cuidado del lactante que puedes disfrutar tras la baja, o repartirlo después de incorporarte al trabajo, hasta que el bebé cumpla los 9 meses. El tiempo asignado es de una hora seguida o dos fracciones de media hora al día, tanto en el caso de lactancia natural como si se le da el biberón.
España tiene una baja por maternidad de 16 semanas, una de las más reducidas de toda Europa.
El Real Decreto-Ley 6/2019 para garantizar la igualdad de trato y oportunidades no solo incluye las condiciones de la baja por maternidad, sino que además amplía la baja por paternidad y la equipara a la maternal, pudiendo elegir entre disfrutar ambos padres de forma conjunta o hacerlo de modo consecutivo, aunque las primeras 6 semanas tras el parto son de obligado disfrute.
Por otra parte, hay casos excepcionales en los que la baja se alarga un poco más. Si se trata de un parto múltiple, o cuando se adopta o acoge a más de un niño a la vez, la baja maternal se amplía dos semanas, una para cada progenitor. También hay un incremento de dos semanas por cada hijo con discapacidad, y si el bebé requiere hospitalización tras el parto durante al menos 7 días, la baja se puede ampliar tantos días como dure la hospitalización, con un máximo de 13 semanas.
Baja por maternidad y adopción | Parto múltiple o adopción múltiple | Hijos con discapacidad | Hospitalización del hijo |
---|---|---|---|
16 semanas | 17 semanas | 17 semanas | Hasta 29 semanas |
Teniendo esto en cuenta, determinar cuánto dura la baja por maternidad es difícil a efectos prácticos porque depende de varios factores. Además, las 10 semanas restantes tras las 6 de disfrute obligado tras el parto se pueden fraccionar, por lo que los padres pueden turnarse y alargar las semanas de cuidado, pasando entre los dos hasta 26 semanas en situación normal.
Hasta ahora, la madre podía ceder algunas semanas al otro progenitor de manera simultánea o no, pero con la entrada en vigor en 2021 de la equiparación entre el permiso de maternidad y el de paternidad, las semanas son intransferibles.
Es importante apuntar a que el permiso por maternidad es en realidad una interrupción del contrato de trabajo, por lo que la trabajadora sigue teniendo derecho a disfrutar de los días de vacaciones que le corresponden, bien sea antes o después de la baja. Es decir, que cuenta con la garantía de que el contrato se reanudará cuando haya terminado la baja maternal. Además, una vez finalizada esta se podrá continuar con la conciliación de la vida laboral y la personal acogiéndose a una reducción de jornada por cuidado de hijos.
¿Cómo solicitar la baja maternal?
¿Cuáles son los pasos para solicitar la baja por maternidad?
- En primer lugar, descarga y rellena el modelo de solicitud requerido para realizar este trámite.
- Prepara la documentación para solicitar la baja por maternidad. En cualquier caso necesitarás los siguientes documentos:
- DNI o NIE si no eres ciudadano español, junto con el pasaporte o documento equivalente del país del que procedes.
- Justificante de registro civil del recién nacido.
Además, la solicitud de baja por maternidad requiere que presentes documentación concreta para cada caso:
- Nacimiento: Informe expedido por el Servicio Público de Salud, cuando la baja se produce antes del parto.
- Adopción o acogida: Resolución judicial donde se reconoce el hecho. En caso de tratarse de hijos discapacitados entre 16 y 18 años de edad, también hace falta un certificado expedido por un organismo competente, como el IMSERSO o similar.
- Otros: En caso de que el bebé muera antes de nacer y haya pasado al menos 180 días en el vientre materno. Si el bebé fallece después del nacimiento, la baja maternal no se reduce. En ambos casos se deberá presentar el informe correspondiente (certificado médico o de defunción).
- El último paso es presentar la documentación en un centro de atención e información de la Seguridad Social. Este trámite debe hacerse de forma presencial, pero como lo normal es que las mujeres que acaban de dar a luz tengan dificultades para hacerlo de este modo, puede presentarse cualquier persona con una autorización. También se puede realizar la presentación online si tienes DNI electrónico.
Requisitos de la baja por maternidad
Para solicitar la prestación por maternidad tienes que cumplir una serie de requisitos especificados en el BOE, que varían en función de la edad:
- Menor de 21 años: no es necesario justificar un período de cotización.
- Entre los 21 y los 26: tendrá que haber cotizado un mínimo de 90 días en los 7 años previos a la fecha del parto. Otra alternativa es haber cotizado un total de 180 días a lo largo de la vida laboral.
- Más de 26 años: es similar al punto anterior, en este caso se deberá haber cotizado un total de 180 días en los 7 años previos al parto o, en su defecto, un total de 360 días a lo largo de la vida laboral.
En el caso de los trabajadores autónomos, es imprescindible que estén afiliados al INSS y con las cuotas de pago al corriente. Su periodo de cotización mínimo para cobrar el subsidio es el mismo que para el resto de trabajadores, mientras que el importe equivale al 100% de la base reguladora por la que se cotice para la prestación por incapacidad temporal.
¿Cuáles son las prestaciones por nacimiento y cuidado del recién nacido?
Las prestaciones por baja maternal están reunidas en un concepto denominado Prestación por nacimiento y cuidado del menor, y su finalidad es cubrir la falta de ingresos debido a la suspensión del contrato y permitir que puedan tener un tiempo de descanso debido al nacimiento, adopción o acogida de un hijo.
¿Cuánto se cobra por la baja de maternidad y cuál es la duración de la misma?
La cuantía que corresponde durante la baja por maternidad es el 100% de la base reguladora. O lo que es lo mismo, el total del sueldo que percibiría si estuviera trabajando.
Es importante señalar que las trabajadoras que están de baja por maternidad no tienen que abonar el IRPF.
Como hemos dicho antes, la baja dura 16 semanas, de las que las 6 primeras deben disfrutarse de forma obligatoria tras el parto, cuando se conceda la adopción o la acogida.
¿Hay bonificaciones sociales?
En el caso de una empresa que tenga que cubrir un puesto debido a la baja por maternidad, podría percibir una serie de bonificaciones en caso de que firme un contrato de interinidad con alguien que figura como demandante de empleo.
Por ejemplo, no tendrá que pagar el salario o la seguridad social del trabajador de baja, pero tampoco la parte que corresponde a la empresa porque se le bonifica. Si no contratara a nadie, esta parte sí la tendría que pagar.
Además, tampoco pagaría la seguridad social correspondiente a la empresa del interino porque se le concede una bonificación social del 100%.
Además, la prestación por maternidad no está sujeta a ninguna tributación, por lo que la empresa tampoco tiene que abonar el IRPF.
¿En qué consiste el permiso por cuidado del lactante?
El permiso por cuidado del lactante es un permiso posterior a la baja por maternidad que se puede aplicar hasta que el bebé tenga 9 meses. El Artículo 45.1d del Estatuto de los Trabajadores indica que se puede elegir una de estas opciones:
- Reducción de jornada en una hora completa o dos medias horas (entrar media hora después y salir media hora antes, por ejemplo).
- Acumular las horas en jornadas completas, según convenio o acuerdo con la empresa, siempre que no lesione lo establecido en el Estatuto.
Antes, el permiso solo lo podía solicitar uno de los padres. Ahora, ambos tienen derecho a pedirlo.
Hacia una mayor conciliación
La baja por maternidad busca sobre todo poder atender al nuevo hijo durante sus primeros meses, y no solo la madre sino también el padre, una reclamación que se llevaba haciendo desde hace muchos años. Si vas a tener un hijo, es hora de cuidarte más que nunca.
Esperamos que hayas resuelto tus dudas sobre la baja maternal. Y recuerda que en Occident ponemos a tu disposición más de 30.000 profesionales médicos privados, además de conservar tu ginecólogo y pediatra de toda la vida.
Un artículo muy completo, me parece de mucha ayuda, saludos
Nos alegramos que te haya sido de utilidad, Carlos.
Mi plazo de maternidad vence el dia 10 de febrero del 2020 pero no m an echo el ingreso el dia 31 como meses anteriores ,k debo hacer
Hola Sara, tal y como explicamos en el artículo, el ingreso se realiza a mes vencido y en ocasiones puede retrasarse unos días. Te recomendamos estar atenta a lo largo de esta semana y si sigues sin recibir el pago ponerte en contacto con el centro de la Seguridad Social más cercano. Saludos
Hola soy autónoma quería saber para cobrar más cuando me den la baja que debería subir la base de cotización? Pero cuantos meses te miran atrás para ello? Gracias
Hola Angeles, un autónomo puede cambiar su base de cotización hasta 4 veces en el año, tomando las siguientes fechas de efecto:
* Presentación del 1 de enero al 31 de marzo, efectos a partir del 1 de abril
* Presentación del 1 de abril al 30 de junio, efectos a partir del 1 de julio
* Presentación del 1 de julio al 30 de septiembre, efectos a partir del 1 de octubre
* Presentación del 1 de octubre al 31 de diciembre, efectos a partir del 1 de enero (año siguiente)
En todo caso, se recomienda que un autónomo elija siempre su base de cotización lo más acorde posible a sus ingresos, aunque con esto suba la cuota, dado que es la base que se tomará en cuenta para el cálculo de las prestaciones de la Seguridad Social.
Esperamos haberte ayudado con la respuesta.
Hola buenas yo di a luz el dia 7 de marzo ,q dia es q yo recibire la amrtenidad ya q tengo todos mis papeles areglados
Hola Silvia, por norma general, la baja por maternidad se cobra a mes vencido, por lo que en tu caso deberías recibir el primer pago en los primeros días de abril. Un saludo
El dia 1 me aprobararon la baja po maternidad y a mi marido la de paternidad nuestro hijo nacio el 7 de marzo y todavia no e visto un euro alguien a cobrado o sabe cuando se cobra
Hola Hector, en principio el pago de la baja por maternidad se realiza a mes vencido. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la declaración del estado de alarma está generando algunos retrasos en el cobro. Te recomendamos que confirmes tu caso poniéndote en contacto con el centro de la Seguridad Social más cercano a tu domicilio. Un saludo
Este mes cuando se cobra la maternidad, se supone que es a ultimos del mes de abril o hay algun retraso por la crisis sanitaria.. Un saludo..
Hola Ana, gracias por tu consulta. Debido a la situación de excepcionalidad en la que se encuentra actualmente el país, nos consta que efectivamente en los últimos meses se están produciendo retrasos en el cobro de la baja.
Hola quería saber si alguien me puede informar el día 3 de octubre día a luz , estaba cobrando el paro lo pare por baja de maternidad y creía q con eso ya me vendría la maternidad y al día de hoy no he tenido noticias ya he visto q tenía q haberlo solicitado en la seguridad social, podría solicitarla ahora? Hay alguna forma de poder cobrarla, no estoy cobrando nada ni el paro y en el SEPE me han dicho q si reanudo el paro pierdo la maternidad q tendría q hacer? Gracias
Hola Lidia, efectivamente, deberías haber presentado la solicitud en el momento de dar a luz. Te recomendamos que consultes tu caso con tu oficina de la Seguridad Social más cercana. Un saludo
Hola buenas noches. Yo e estado trabajando y se me venció el contrato en abril,pero al pasar todo esto de la pandemia estoy parada,osea ahora mismo estoy de baja por la mutua ya que estoy en 37 semanas. La pregunta es. Ahora en mayo doy aluz,que debo hacer?
Un saludo !!!
Hola Jenny, la actual situación de Declaración del estado de alarma contempla medidas especiales en el caso de la baja por maternidad. Si ya cogiste la baja y posteriormente se aplicó el ERTE, las medidas de este último no se aplicarán hasta el alta médica. Por el contrario, si tu baja arranca durante el ERTE se te suspenderá el pago de la prestación por desempleo y empezarás a cobrar la prestación por maternidad o paternidad, gestionada directamente por la Seguridad Social. Esperamos haberte ayudado.
Hola buenos dias, la fpp de mi pareja es 22 de Noviembre, pero la prestación por desempleo se le acaba el 9 de Octubre. Queriamos coger la baja por adelantado, pero veo que en la web del INSS dice que como máximo son 4 semanas antes.
En vuestro artículo hablais de ” es posible solicitar e iniciar la baja por maternidad hasta 10 semanas antes de la fecha probable de parto siempre y cuando esté justificado por un médico.”. Esto es así? En ese caso, qué motivo médico podria justificarse para cogerla con 6 semanas de antelación?
Muchas gracias
Hola Juan, la decisión de adelantar la fecha de la baja corresponde al profesional médico que realiza el seguimiento del embarazo, y se toma en función de la evolución del mismo y del riesgo que pueda existir para la madre y el bebé. Te recomendamos que en caso de duda, lo consultes con él directamente. Un saludo
Hola, he tenido mi bebé el 15 de enero y me han echo un solo depósito el 1 de mayo y no con el salario completo, les he escrito varios correos a la seguridad social pero aùn no me dan respuesta, que debo hacer?
Hola Alvita, debido a la situación de excepcionalidad en la que nos encontramos nos consta que se están produciendo retrasos en el cobro de la baja por maternidad. Es de esperar que una vez superada, recibas la totalidad de la prestación que te corresponde de forma retroactiva. En todo caso, puedes intentar ponerte en contacto vía telemática con el centro de la Seguridad Social más cercano a tu domicilio y exponerles tu caso.
Ahora mismo me pagó la mutua. Tengo hasta que de a luz o valla a solicitar la ayuda?y esos días después que pida la ayuda me lo pagarán ? Quiero decir? Que en junio no contaré, hasta julio? Si doy aluz a la fecha que indico? Osea ahora con Dios delante doy a luz el 20 de mayo. Que tiempo me dura pedir la ayuda por maternidad?
Hola Jenny. Tal y como indicamos en el artículo, la baja por maternidad en España está fijada por norma general en las 16 semanas. Si, como nos indicas, das a luz en mayo, deberías cobrar tu primera prestación a mes vencido, es decir en los primeros días del mes de junio.
Hola termine de trabajar en julio y no tengo derecho a paro.Mi bebe nacerá a mediados de agosto.Tengo mucho cotizado pero en el mes que tengo que solicitar la baja maternal no estaría cobrando nada.Tengo derecho a cobrarla?
Hola Sandra, tienes que estar percibiendo el paro para tener derecho a la baja por maternidad. En todo caso, puede que exista alguna ayuda de la comunidad autónoma o de la localidad donde resides. Te recomendamos que te informes allí.
Hola buenas soy anyelo jesus mi mujer dio aluz el 17de abril esta de baja de maternidad y yo en erte asta cuando tengo tiempo para pedir vaja paternidad
Hola Anyelo Jesus. Si necesitas informarte sobre permiso de paternidad, tanto en lo que se refiere a plazos como a requisitos, te recomendamos que consultes este artículo: https://www.occident.com/blog/permiso-de-paternidad-2020-cuanto-dura-y-donde-debo-solicitarlo/
La baja de maternidad se me termina el 08/07/2020 todos los meses he cobrado súper puntual el 30 del mes pero este no he cobrado ni mi marido tampoco el ya se le terminó el 09/06/2020 pero debería haber cobrado los 9 días puede retrasarse el pago por algo?
Hola Beatriz. Es habitual que el ingreso se realice a mes vencido y que incluso se retrase, máxime en una situación como la que estamos viviendo actualmente. Aún nos encontramos a día 30 por lo que te recomendamos aguardar unos días, y si pasado ese tiempo, sigues sin recibirlo, te pongas en contacto con el centro de Seguridad Social más cercano.
Hola soy samir en 14 de mayo mi mujer dar luz y yo presento papeles 15 de junio hasta hora no cobrado nada
Hola Samir, el cobro se suele realizar a mes vencido, así que deberías recibir el primero a comienzos del mes de julio. Un saludo
Buenos días,
Di a luz en abril y mi marido aún no solicitó su prestación por paternidad, aún habiendo disfrutado de sus 12 semanas en el trabajo… estaría aún en plazo para solicitarla? Gracias
Hola Silvia, si tienes dudas relacionadas con el permiso de paternidad te recomendamos que visites este artículo: Permiso de paternidad en 2020, ¿cuánto dura y dónde debo solicitarlo? Un saludo
Hola, mis padres se convirtieron en mis padres el 22.05.2020 y presenté los documentos el 19.06.2020 y recibimos la aprobación de inss el 1.07.2020 az y tq el 09.07.2020, pero hasta el día de hoy no hemos recibido dinero ni información para quién esperar una traducción.
Hola Miroslav, lamentamos no poder darte una respuesta. Necesitaríamos información más precisa para entender correctamente tu consulta.
Hola quiero saber para cobrar la baja por maternidad , soy empleada de hogar, puedo mi empleador darme de baja luego que la tenga aprobada o tengo que seguir de alta en la seguridad social?
Hola Charlotte, para poder cobrar la baja por maternidad, entre otros requisitos, es necesario estar dada de alta en la Seguridad Social.
Buenas tardes. Estoy de baja por riesgo en el embarazo y actualmente estoy fuera del España ya que mi marido trabaja en Irlanda. Tengo fecha probable de parto para el 02/12. Ante la situación excepcional no estoy segura de que regrese para el momento del parto. De tener a mi hijo en Irlanda, como debería hacer para cobrar la baja. Se puede realizar el trámite en el extranjero? Serviría como documentación el informe del parto del servicio nacional de salud Irlandes (HSE)? Gracias de antemano.
Hola vicky,
Estoy en la misma situación que tú casi tres años más tarde. ¿Me podrías contar que sucedió finalmente? ¿te aprobaron la documentación del hospital irlandés para la tramitación de la baja?
gracias!
Hola , quisiera saber si eres menor como si tienes unos 17 años , estas embarazada y metes la baja maternidad , cuantos dias te hace falta para meter eso “hornadas reales ” dias trabajadas .
Hola Adelina, para cobrar la baja por maternidad hace falta estar dada de alta en la seguridad social. Por la edad que nos indicas no sabemos si puede ser el caso.
Hola, di a luz el 6/08, el 25/08 me dijeron q ya se estaba tramitando mi maternidad. El lunes 7/09, recibí un mensaje, en el q me decía q se había resuelto favorablemente la solicitud de maternidad.
Me gustaría saber, cuánto tiempo se tarda en recibir el ingreso desde q se recibe el mensaje m.
Gracias
Hola Maria del Mar, si ya has recibido la confirmación, el ingreso debería realizarse en los próximos días. En todo caso debes tener en cuenta que en la situación excepcional en la que nos encontramos es normal que puedan producirse retrasos.
Buenos dias. Tengo un trabajo con ciertos riesgos en relacion a la gestación, así que se me concede la baja maternal a partir de la semana 20. Vivo en España, pero quiero realizar mi parto en Francia. Querria saber si esto seria posible, ya que entiendo que debo entregar cierta documentacion a mi empresa que, en mi caso seria documentacion francesa (seguimiento medico, acta de nacimiento,…). Puedo, entonces, beneficiarme de mi baja maternal española y a la vez tener seguimiento medico y parir en Francia? Gracias.
Hola Jenifer, por norma general la baja por maternidad es abonada por la Seguridad Social a la que has estado cotizando. En todo caso, a falta de conocer todos los detalles de tu situación, ante casos tan específicos te recomendamos que consultes a algún asesor. Existen muchos seguros que ofrecen ese servicio de forma gratuita. En el caso de Seguros Bilbao, por ejemplo, lo puedes encontrar en el seguro de auto.
Buenos dias, te cuento mi situación, estoy embarazada de 37 semanas y he trabajado en un contrato temporal de 4 años. mi empresa no me cotizo los primeros 3 años al paro y por ello solo tuve derecho a la prestación de desempleo 4 meses que terminó el 8 de octubre. Al no estar dada de alta de la Seguridad Social no tengo derecho a la baja maternal por culpa de su error
La empresa me ha dicho que hará la cotización de forma retroactiva de estos 3 años (asumieron el error) y que luego yo tendría que solicitar el paro al SEPE de forma retroactiva. Claramente este trámite estará para luego del parto, entonces no sé si podré pedir la baja maternal retroactivamente ni cómo hacerlo si coincidirá solicitar tanto el paro y la baja maternal de forma retroactiva.
Hola Luana, la situación que expones es bastante compleja. Te recomendamos que te pongas en manos de un asesor para que pueda orientarte de forma adecuada en el proceso. Si dispones de algún seguro quizá dispongas de forma gratuita de algún servicio de asesoramiento jurídico.
Hola
Quería saber si existen algún excedente o pago pendiente para niños nacidos después de Mayo de 2019. Recibí mis pagas en su momento con más o menos retrasos. Pero es un año después que recibo un mensaje donde me dice que recibiré un pago correspondiente a prestación de nacimiento y cuidado del menor y especifican el día del nacímiento hasta el día que culminó la baja en 2019.
Esto corrésponde algunos impuestos o algo? Está relacionado algún ajuste dado por las modificaciones de la ley y los permisos? O será un error?
Mi marido no lo disfruto como tal porque fue despedido una semana después del su baja de sus dos primeras semanas por ley pero igual salimos adelante.
Gracias por la información !
Hola Patri, a partir de abril de 2019, las prestaciones por maternidad y paternidad se unificaron en una única prestación denominada ‘Nacimiento y cuidado del menor’, que en principio es a la que hace referencia el mensaje que indicas. Esa prestación debe comprender tanto la relativa a tu baja completa como a la semana disfrutada por tu marido. Te recomendamos que compruebes si recibiste el importe total en su día o si aún os restaba alguna cantidad por cobrar, ya que en el actual contexto de alarma sanitaria se han estado produciendo retrasos. En caso de que sigas teniendo dudas puedes ponerte en contacto con el centro de seguridad social más cercano a tu domicilio para que puedan ayudarte.
Hola buenas ,una pregunta di a luz el 11 de octubre ,y ise mis trámites de la prestación maternal en el ins de la calle cedacero ,y asta ahora no me an ingresado nada ,alguien me puede explicar por q pasa esto gracias
Hola Marioly, como ya hemos indicado respuestas anteriores, durante estos meses se están produciendo algunos retrasos en el pago de la prestación.
holà pierdo mi maternidad por trabajar 2 dias como lo puedo recuperar esque lo perdi
Hola Fatima, la baja por maternidad es una prestación destinada a compensar los ingresos que pierde la trabajadora al cesar su actividad. Si en algún momento recuperas esta actividad (como parece que ha sido el caso), pierdes el derecho a percibirla.
Hola he dado la luz en septiembre y como soy fijado discontinua en un hotel estaba de baja por la mutua y por la pandemia mi contrato término en 31 de agosto.. Cuando nació mi bebé solicité la prestación por maternidad. Ayer recibí el papel que me lo denegaron porque no estoy de alta.Mi pregunta es tengo que darme de alta como demandante de empleo y pedir luego la reclamación? o tengo también que pedir el paro para solicitar la reclamación o bastará solamente como demandante de empleo? No sabía que tenía que hacer todo eso. Gracias
Hola Elena, para poder recibir el subsidio por maternidad es necesario estar trabajando o recibiendo la prestación de desempleo.
Hola
He dado a luz el dia 20 de mayo y el dia 22 se hospitalizo mi bebe hasta el dia 26 la pregunta es si tengo derecho de pedir dias adicional al permiso de maternidad y paternidad
Hola Jose, el aumento del permiso de maternidad o paternidad por ingreso del bebé se aplica solo cuando este permanezca en el hospital durante más de 7 días, y por lo que nos indicas, no ha sido tu caso. En todo caso nos alegramos de que el pequeño fuera a casa pronto.
Si estando en desempleo doy a luz ¿Puedo firmar un contrato de relevo? En caso negativo, ¿puedo renunciar a la maternidad para mantener la condición de desempleada y firmar el contrato de relevo?
Hola Isabel, se trata de un caso algo complejo que sería necesario conocer de forma más detallada para poder asesorarte adecuadamente. Te recomendamos que te pongas en contacto con un asesor y le traslades tu caso. Actualmente dispones de servicios gratuitos de asesoría jurídica telefónica en algunos seguros, como por ejemplo en el caso de Seguros Bilbao, en el de auto.
Normalmente cobro mi maternidad los 29, hoy no he cobrado, hay algun retraso en los, pagos?
Hola Leila, pueden producirse retrasos en el cobro de la baja por maternidad. En todo caso si este se alarga, puedes ponerte en contacto con la oficina de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio y realizar la consulta.
Hola! Cada mes de prestación debería de cobrar la misma cuantía por día verdad? O baja como el paro?
En los últimos meses he cobrado menos, 300€ menos. Es normal?
Están habiendo errores en los pagos?
Hola Marta, en ocasiones suelen ocurrir retrasos en el cobro y en este mes son varias las lectoras que nos han indicado que así está siendo. Normalmente se recibe la cantidad pasados unos días. Si no es así, te recomendamos que te pongas en contacto con tu oficina de la Seguridad Social más cercana.
Hola, mi bebé nació el 25 de mayo y tras presentar la solicitud de prestación hace un mes, aún no he tenido noticias. Tampoco hay manera de contactar con ellos… No sé muy bien qué hacer para saber si todo esto ok y si los plazos de demora son óptimos.
Hola Verónica, en las últimas semanas son varias las personas que están reportando retrasos en los pagos de la prestación. Se trata de demoras habituales y que, en cualquier caso, no deberían prolongarse mucho en el tiempo. Si el problema perdura, te recomendamos que intentes ponerte en contacto con la oficina de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio.
Hola tengo mi primer contrato de 6 meses que se termina el 11 de agosto por ende no tengo derecho a paro, doy a luz el 15 de setiembre habría alguna posibilidad que adelante mi baja de maternidad 5 semanas para al momento de solicitarla seguir de alta en la seguridad social ? O solo es válido adelantarle 4 semanas ? Gracias por su ayuda
Hola Mónica, por lo que nos indicas, no accedes al derecho de percepción de la prestación por maternidad por una cuestión de días. Quizá una opción podría ser hablar con tu actual empresa y pedir que te prolonguen el contrato por esos días, dada tu situación excepcional. En cuanto al adelanto de la baja que planteas, ese solo podría realizarse en caso de que tu médico considere que no eres apta para trabajar durante ese periodo y por lo tanto te conceda la baja médica.
Hola, soy empleada pública regida por el EBEP, ¿es cierto que no tenemos derecho a adelantar la prestación 4 semanas?
Hola Laura, al personal laboral al Servicio de las Administraciones Publicas no le son de aplicación las previsiones del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, sino que se basan en la regulación contenida en el EBEP en materia de permisos de nacimiento, adopción, del progenitor diferente de la madre biológica y lactancia, que queda recogida aquí.
¡Hola! Soy autónoma y quiero pedir la baja de maternidad. Cumplo con los requisitos pero no puedo adjuntar la inscripción de mi hija en el registro civil porque solo me han dado cita para el día 20 de septiembre, fuera del plazo de solicitud de la baja. ¿Es posible adjuntar este documento fuera de plazo si realizo la solicitud de manera parcial sin penalizaciones en la baja? ¡Gracias!
Hola Sel, tienes la posibilidad de tramitar la baja de forma online a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social. Para ello necesitarías disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
Hola he dado a luz el día 7 de septiembre he buscado una gestora para que me arregle los papeles me dijo que los papeles los metió el día 15 de septiembre la he llamado y me ha dicho que los papeles salen que están en tramites mi pregunta es voy a cobrar a principio de octubre aunque la resolución aún no ha salido?
Hola María, el proceso lógico es que el abono se haga una vez se haya tramitado la solicitud.
Hola he dado a luz el día 7 de septiembre he buscado una gestora para que me arregle los papeles me dijo que los papeles los metió el día 15 de septiembre la he llamado y me ha dicho que los papeles salen que están en tramites mi pregunta es voy a cobrar a principio de octubre aunque la resolución aún no ha salido?
Hola, día a luz el 18 de agosto y tramite la baja de maternidad el 1 de septiembre, me llego un mensaje de que estaba aceptada. Me tiene que llegar algún mensaje más de que voy a cobrar? o ya en el mes de octubre me empezarán a pagar?
Hola Eva María, en principio una vez la baja se ha aceptado ya se cumplen los requisitos necesarios para comenzar a percibir la prestación a mes vencido.
Hola he tenido mi bebe el día 8 de septiembre el día 15 metí los papeles por medio de gestora en la seguridad social el día 27 de septiembre me llega el mensaje que ha sido aprobada la baja de maternidad mi pregunta es si a voy a cobrar la baja a finales de este mes de septiembre o cuando?
Hola María, por norma general el cobro de la baja por maternidad se realiza a mes vencido. Saludos
Hola! Mi bebe nació el 16 de septiembre, tramité la baja en inss el dia 24 y a fecha 8 de octubre recibi un sms diciendo que la solicitud de baja maternal estaba aprobada. En la oficina del inss me dijeron que primero cobraría medio mes a mediados y luego ya mes completo los dias 30. El chico que me atendió era nuevo, y luego me han estado diciendo que los ingresos solo son a final de mes. ¿Pueden ingresar la mitad del mes de septiembre ahora a mitad de octubre? Y ya el mes completo de octubre a finales?
Muchas gracias de antemano!
Hola Cristina, los pagos de la prestación suelen realizarse a mes vencido, y en ocasiones el primer pago puede retrasarse un poco más dependiendo del tiempo que tarde en tramitarse la solicitud.
Hola buenas mi hija nació el 11/08 y no solicite la prestación hasta el día 28/09 aún no he recibido nada a día 11/10, recibiré lo anterior en el primer ingreso? Gracias
Hola Celia, para empezar a cobrar la prestación, debes recibir primero un mensaje de confirmación de la Seguridad Social.
Hola bueans
Hoy es 2 y aun no me pagaron la prestación de maternidad cada mes me pagan el dia 29 y este mes aun no .
Algun me puede ayudar.
Gracias
Hola! Mi base de CC de la última nómina era de 3.399€ antes de pasar al paro. Actualmente estoy en paro cobrando el maximo, pero mucho menos que venia cobrando mientras estaba trabajando por el límite que hay establecido por tramo máximo. Mi duda es, el mes que viene tendré a mi bebe y solicitarté la baja por maternidad. Que cobraré? Los 3000€ y algo en base a la base reguladora de mi ultima nomina (hace 5 meses) o los 1000€ y algo por estar en paro y ser el máximo?
Gracias!
Hola Sara, si estás cobrando actualmente el paro, la base reguladora será la utilizada para el desempleo. Con un porcentaje del 100% de la misma.
Hola! El 25 de septiembre salgo de cuentas y mi idea era darme de baja por incapacidad temporal al volver de las vacaciones de agosto (última semana de agosto y septiembre). El caso es que me han dicho que al pedir incapacidad temporal solo se cobra el 60%, y no sé si posteriormente mi baja por maternidad se basará en esta ultima nómina y seguiré cobrando las 16 semanas el 60% de mi nómina. Gracias
Hola Rocío, lo primero felicitarte por tu futura maternidad. En este artículo hablamos sobre la baja de maternidad, o lo que es lo mismo, una vez se ha dado a luz. Antes del parto, durante la baja por riesgo del embarazo se percibe el 100% del salario. Si en cambio lo que se solicita es incapacidad temporal, puede que se perciba algo menos. En estos casos será tu médico quien determine cuál es tu caso. Sea como sea, durante la baja de maternidad percibirás el 100% de tu base de cotización, no el 60%.
Hola mi niño nació el 15 de junio y mediante un gestor hemos tramitado la baja por maternidad y paternidad mi pareja tiene el DNI y yo el NIE el día que tramitaron la prestación al día siguiente le llegó el mensaje de que ha sido aceptada su prestación por paternidad pero a mí no me ha llegado ni un mensaje el día 2 de junio se me caducó el NIE tengo ya 15 años en España (tengo el de larga duración ) y hasta agosto no tengo la cita para renovarlo podrían rechazarme por el NIE caducado yo sigo cotizando llevo en una empresa casi 5 años.. que pasaría si no cobro esa prestación lo perdería ? Ayuda por favor
Hola Elizabeth, puedes consultar todas tus dudas con uno de nuestros asesores especializado. Te deseamos mucha suerte.