¿Cuál es la aportación máxima a un Plan de Pensiones?

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El funcionamiento de la tributación de un plan de pensiones

Actualización 10-03-2022: Cambios en el máximo permitido para desgravar

Contratar un plan de pensiones nos permite ahorrar realizando aportaciones periódicas y asegurarnos una pensión a partir del momento de nuestra jubilación. Además, nos proporciona numerosas ventajas fiscales. Pero ¿cuánto puedo aportar a un plan de pensiones?, ¿qué límite hay en el importe para una pensión máxima?

Algunas personas están interesadas en aportar lo máximo posible con el objetivo de obtener la máxima pensión posible de cara a la jubilación. Sin embargo, las aportaciones a los Planes de Pensiones están limitadas por dos lados: desde el punto de vista financiero (máximas aportaciones) y desde el punto de vista fiscal (máximo a deducir).

Importes máximos, ventajas fiscales y rescate

En la actualidad, de acuerdo con la reforma fiscal de 2015, el importe máximo que podemos aportar a un Plan de Pensiones queda limitado hasta el máximo legal permitido, que ha cambiado recientemente de 2.000€ a 1.500€ al año.

Antes de que esta ley entrara en vigor, los menores de 50 años podían aportar hasta un máximo de 8.000€ . Aun así, actualmente, existen algunas excepciones:

Aquellas personas que su cónyuge no obtenga rendimientos netos de trabajo o cuya actividad económica sea inferior a 8.000 € anuales, se puede aportar al plan de éste un máximo de 2.500 € anuales.

Las personas con minusvalía física (igual o superior a 65%) o psíquica (igual o superior a 33%) el máximo importe anual aumenta a 24.250 €. Las aportaciones de terceros también ascienden y no podrán exceder los 10.000 € anuales.

Ventajas fiscales

Una de las ventajas fiscales que nos proporcionan las aportaciones a los planes de pensiones es que dan derecho a una reducción en la base imponible del IRPF. Esto implica que los años que realicemos aportaciones a nuestro Plan de Pensiones pagaremos menos impuestos. El tipo mínimo de gravamen es del 19% y el máximo es del 45%.

Rescate de las aportaciones

Existe la posibilidad de rescatar aportaciones de Planes de Pensiones con una antigüedad mínima de 10 años, a partir del 1 de enero de 2025, sin necesidad de jubilación ni justificación. En este momento, deberemos tributar el capital como rendimientos de trabajo, pero no habremos beneficiado de un diferimiento fiscal del que se puede sacar partido de varias formas.

Hasta esa fecha, para rescatar las aportaciones se deben seguir las antiguas medidas aplicadas antes de la modificación fiscal de 2015, habiendo de cumplir uno de los siguientes requisitos como mínimo: fallecimiento del titular, incapacidad total y permanente, enfermedad grave, dependencia, paro de larga duración o situación de desahucio.

Aportación mínima en un Plan de Pensiones

Existen personas que buscan lo contrario, su objetivo es aportar lo mínimo que sea posible, aunque durante la jubilación les quede una pensión más baja. La ley no dice nada en cuanto a la aportación mínima en un Plan de Pensiones. El límite depende de las condiciones específicas en cada plan que se contrate.

Lo recomendable es que en la primera etapa del Plan de Pensiones las aportaciones sean bajas. Posteriormente y sobre todo al final, las aportaciones deberían incrementar gradualmente de manera considerable, ya que nuestra capacidad de ahorro es superior y el horizonte de tiempo inferior.

En general, el mejor momento para asegurarnos y contratar un Plan de Pensiones, es aquel en el que ingresamos en el mercado laboral. Cuando antes empecemos, menor será el esfuerzo, dispondremos de más años para ahorrar y obtendremos una mejor rentabilidad a largo plazo.

Puesto que la jubilación es una etapa para estar tranquilo y no preocupados por el dinero después de trabajar toda una vida, disponer de un plan de pensiones supone un plus de tranquilidad en tu vida.

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