La normativa de aparcamiento de motos en la acera
¿Cuántas veces has pensado en aparcar tu moto en la acera, pero no has estado seguro de si puedes hacerlo? La verdad es que esta es una de las dudas más habituales entre quienes conducen una moto, entre otros motivos porque no tiene una respuesta concreta.
Cada localidad tiene su propia normativa acerca del aparcamiento de motos en la acera, por lo que la mayoría de conductores, peatones e, incluso, agentes municipales acaban dudando sobre dónde se puede dejar una moto estacionada.
La normativa en Madrid
Si circulas en moto por Madrid, es importante que conozcas la ordenanza de movilidad de esta ciudad en lo referente al estacionamiento de vehículos de dos ruedas. La normativa marca que deberán aparcarse en los espacios reservados para ello y que, si no existen, se pueden dejar junto a la acera, aparcados en forma oblicua y de manera que no molesten el paso de otros vehículos, o el acceso de los peatones a la acera.
Podrán aparcarse las motos en aceras de más de 3 metros de ancho cuando no se den estas condiciones, siempre lo más cerca posible al bordillo y a más de 2 metros de un paso de peatones o una parada de transporte público.
También se podrán aparcar las motos en aceras de más de 3 metros de ancho entre los alcorques de los árboles, siempre que no se anclen a ellos, y en semibatería, si las aceras tienen una anchura superior a 6 metros.
Aparcar la moto en la acera en Barcelona
En la capital catalana, las motos y ciclomotores se aparcarán en los espacios específicos o en la calzada en semibatería, sin que ocupen más de 1’5 metros de ancho. Si no es posible ninguna de las dos opciones, y no exista ninguna zona de estacionamiento prohibida, se podrá usar las aceras como lugar de aparcamiento de motos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
-Tengan más de 3 metros de ancho
-Se aparque a 0’5 metros del bordillo y a 2 metros de pasos de peatones o paradas de bus
-Se sitúen las motos entre los alcorques
-Se sitúen paralelamente al bordillo en aceras con una anchura de entre 3 y 6 metros
-En semibatería, en aceras de más de 6 metros
Es importante señalar que no se podrá acceder a la acera en moto por los pasos de peatones y circulando con normalidad. Es decir, no con el motor en marcha y con el conductor al manillar; sino arrastrando la moto apagada y con los pies en el suelo.