¿Se puede desheredar por falta de relación familiar? Te explicamos qué dice la Ley al respecto

¿Te ha gustado este artículo?
Puntuación: 0 basado en 0 valoraciones

Desheredar a un familiar es una cuestión delicada y compleja en la que intervienen diferentes factores. En España, se puede desheredar a un hijo o a cualquier otro familiar por diferentes motivos, siendo uno de ellos la falta de relación familiar.

Desheredar por falta de relación familiar ¿es posible en España?

El Código Civil español habla de que el derecho a heredar es una cuestión de carácter personal e intransferible que se reconoce a toda persona por el simple hecho de existir, sin embargo, también contempla ciertos supuestos en los que es posible la desheredación.

Por tanto, podemos afirmar que, en España, es posible desheredar a un hijo o a cualquier otro familiar, pero siempre y cuando se justifique debidamente. En cualquier caso, desheredar a un hijo no es una cuestión que deba tomarse a la ligera, ya que, como veremos a continuación, existen unas causas concretas que la ley considera como válidas para realizar esta acción.

Causas de desheredación

Los artículos 756 y 853 del Código Civil trata las siguientes causas de desheredación:

  • A razón de causas por indignidad. Es decir:
    • Haber sido condenado por atentar contra la vida, causar lesiones o ejercer la violencia física o psíquica en el ámbito familiar.
    • Haber sido condenado por atentar contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual.
    • Acusar de delito con sanción superior a un año de prisión, cuando esta sea falsa.
    • Impedir la oportunidad de testar o revocar el testamento.
    • Tras la desheredación, atentar, maltratar, increpar o injuriar al padre/madre o ascendiente.
    • En caso de sucesión de una persona con discapacidad, las personas que tienen derecho a heredar no podrán hacerlo en caso que no hubiesen prestado las atenciones correspondientes y reguladas en los 142 y 146 del Código Civil.
  • Negar los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  • Haber sido condenado por atentar contra la vida del cónyuge del testador o de sus hijos o descendientes.

Es importante señalar que estas causas deben estar acreditadas de una forma fehaciente y que, en caso de desheredar a un hijo, se debe dejar constancia de las mismas en el testamento.

Motivos para desheredar a un hijo

Después de conocer las causas de desheredación, es importante mencionar los motivos para desheredar a un hijo. Estos son los más comunes:

  • El incumplimiento reiterado de las obligaciones alimentarias hacia el padre/madre o ascendiente.
  • La falta de relación familiar, es decir, la ausencia de vínculos afectivos y de comunicación entre el padre o ascendiente y el hijo.
  • Actuar de forma violenta o agresiva contra el padre/madre o ascendiente.
  • Impedir que el padre/madre o ascendiente disfrute de sus bienes o derechos.
  • La ingratitud, entendida como la ausencia de respeto, consideración y reconocimiento hacia el padre o ascendiente.

Es importante destacar que, en el caso de la falta de relación familiar, no se trata de un motivo suficiente por sí solo para desheredar a un hijo, sino que debe estar acompañado por otras circunstancias que justifiquen la medida. Por tanto, si un padre/madre o ascendiente desea desheredar a un hijo por una razón distinta a las mencionadas anteriormente, no podrá hacerlo legalmente.

Con el hijo desheredado ¿qué pasa con los nietos?

En el caso de que un hijo sea desheredado, surge la duda de qué pasa con sus hijos, es decir, los nietos del padre que ha desheredado al hijo. En este sentido, cabe destacar que la desheredación de un hijo no implica la desheredación de sus descendientes, es decir, y según el artículo 857 del Código Civil, los nietos no pierden su derecho a la legítima por el hecho de que su padre haya sido desheredado.

¿Qué dice la jurisprudencia al respecto?

En cuanto a la jurisprudencia, existen diferentes interpretaciones acerca de la desheredación por falta de relación familiar.

En algunos casos, se ha considerado que la falta de relación no es una causa válida de desheredación, mientras que en otros casos se ha considerado que sí lo es, siempre y cuando se demuestre que dicha falta de relación ha sido voluntaria y sin motivo justificado.

En caso de duda, consulta a un profesional

En conclusión, aunque la falta de relación familiar no es una causa válida de desheredación según la ley española, existen otras causas y motivos que sí lo son. La desheredación es una medida drástica que hay que estudiar y sopesar con detenimiento, y siempre bajo el asesoramiento de un abogado especializado.

En el seguro Decesos de Occident te ofrecemos la ayuda que necesitas en caso de estar en esta situación, tienes la posibilidad de contar con el servicio de asesoramiento jurídico, poniendo a tu disposición a un equipo de profesionales para cualquier tipo de consulta.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

20 − 2 =