Usufructo vitalicio: qué es, cómo se calcula y otros aspectos a tener en cuenta

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Aspectos clave del usufructo vitalicio
  • Junto con la propiedad, el usufructo es uno de los llamados derechos reales, es decir, aquellos derechos relativos a nuestros bienes.
  • En cualquier situación de usufructo, el usufructuario puede utilizar el bien, pero no es su propietario.
  • Para realizar el cálculo del usufructo vitalicio hay que aplicar una fórmula llamada “regla del 89”, basándonos en el valor total del bien.

Usufructo vitalicio, usufructo universal, nuda propiedad son términos relacionados con las herencias y que no siempre se diferencian bien. Todos sabemos que, cuando fallece una persona, sus herederos obtienen la propiedad de sus bienes y de su patrimonio. Aunque es así, lo que tal vez no sepas es que la propiedad no es el único derecho que puede transmitirse mediante el testamento: el usufructo vitalicio también es un aspecto importante del derecho de sucesiones, y tanto los derechos que otorga como su funcionamiento son bastante distintos a los de la propiedad.

Desde Occident, queremos ayudarte a entender qué es el usufructo vitalicio y cómo funciona. A continuación te explicaremos en qué consiste y qué lo distingue de la nuda propiedad, así como los distintos tipos de usufructo que establece el ordenamiento jurídico.

Es importante comprender bien conceptos como el usufructo vitalicio y la nuda propiedad. Si te quedan dudas después de leer este artículo, recuerda que el seguro de decesos de Occident incluye asesoramiento jurídico por parte de profesionales en materia sucesoria.

¿Qué es el usufructo vitalicio?

Junto con la propiedad, el usufructo es uno de los llamados derechos reales, es decir, aquellos derechos relativos a nuestros bienes. Su nombre, originario del latín usus fructus, se refiere a lo que comúnmente conocemos como “uso y disfrute” de un bien ajeno. Ello significa que el titular del usufructo vitalicio no es el propietario del bien, pero tiene derecho a utilizarlo libremente y disfrutar del rendimiento económico que genera durante toda la vida.

El usufructo vitalicio puede ser voluntario o legal, dependiendo si existe o no testamento.

En ese sentido, el usufructo vitalicio nos da derecho a disfrutar de un bien concreto hasta nuestro fallecimiento. Eso sí, no tenemos permiso para transmitirlo a terceras personas, puesto que legalmente pertenece a su propietario y nosotros solo podemos darle uso. En contraposición, el propietario no tiene derecho a quitarnos la posesión del bien concreto ni utilizarlo: solo tiene derecho a vender la nuda propiedad, de la que hablaremos más tarde, y siempre y cuando se respeten los derechos del usufructuario.

El usufructo puede establecerse de dos formas: puede ser voluntario, si surge de un contrato entre dos partes o un testamento, o bien legal, como por ejemplo en el caso de las herencias en las que el fallecido no ha dejado testamento.

Diferencias entre usufructo vitalicio y usufructo universal

El usufructo está regulado en los artículos 467 a 522 del Código Civil español. Como establece la Ley, puede ser de varios tipos dependiendo de la relación que establece con el bien y del tiempo durante el cual confiere derechos al usufructuario. En función de esos dos factores, puede ser un usufructo universal o parcial, por un lado, y temporal o vitalicio por otro. Como veremos a continuación, no hay diferencia entre usufructo vitalicio y usufructo universal, sino que se refieren a dos características distintas que a menudo van juntas.

En el caso de una propiedad inmobiliaria con varios edificios, el testamento podría determinar el derecho a uso y disfrute de una parte de la finca, lo cual constituiría un usufructo parcial. No obstante, lo más habitual es que el usufructo sea total o universal, es decir, que el derecho que nos confiere el documento legal se extienda a todo el bien.

En ese mismo sentido, un contrato o testamento puede establecer un límite de tiempo al derecho de usufructo. Si lo hace, ello nos haría titulares de un derecho de usufructo temporal. En contraste con ello, el usufructo vitalicio da derecho a disfrutar del bien hasta el fallecimiento. El ejemplo más conocido se da en los testamentos: podemos determinar que, tras nuestro fallecimiento, el cónyuge viudo tenga derecho a usar nuestros bienes el resto de su vida, aunque la propiedad legal pertenezca a los hijos.

Este caso está tan arraigado en el Derecho español que, cuando alguien fallece, el Código Civil establece que el cónyuge viudo tendrá derecho al usufructo universal y vitalicio de una parte de la masa hereditaria aunque se trate de una herencia sin testamento.

  • El usufructo del tercio de mejora, es decir, la mitad de la parte que corresponde a los herederos por ley, si el fallecido tiene descendientes.
  • El usufructo de la mitad de la herencia, si solo hay ascendientes.
  • El usufructo del tercio de mejora y el tercio forzoso de la herencia (que en conjunto se denominan herencia legítima de los herederos), si el fallecido no tiene descendientes ni ascendientes.

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Diferencia entre usufructo y nuda propiedad

Como hemos mencionado, el usufructo es solo una parte del derecho de propiedad sobre una cosa. En cualquier situación de usufructo, el usufructuario puede utilizar el bien, pero no es su propietario. Por esa razón, se puede decir que la nuda propiedad es lo que queda del derecho de propiedad cuando quitamos el uso y el disfrute. En consecuencia, el “nudo propietario” de un bien vuelve a adquirir pleno dominio sobre él cuando termina el usufructo.

La diferencia entre los dos derechos es importante porque ambos se pueden vender y adquirir por separado. En la práctica, eso significa que podemos vender la nuda propiedad de nuestro inmueble pero reservarnos el derecho a seguir viviendo en él, es decir, el usufructo. Esto es especialmente útil para vendedores de edad avanzada que quieran disponer de más dinero para disfrutar de la última etapa de sus vidas.

Cómo funciona el usufructo vitalicio

Para saber cómo funciona el usufructo vitalicio, en primer lugar hay que determinar de qué clase es. En función de ese factor, el usufructo se establece o constituye de maneras distintas. Las más comunes son:

  • Constitución legal: Si queremos vender el usufructo mediante un contrato, debemos redactar la llamada escritura de usufructo vitalicio. En ella reflejamos las condiciones y términos de la transmisión, que deberán ser presentadas ante un registrador de la propiedad o un notario.
  • Constitución testamentaria: Como hemos mencionado brevemente, podemos dejar un usufructo vitalicio a alguno de nuestros seres queridos mediante testamento, siempre y cuando no contravenga las disposiciones del Derecho civil español.
  • Venta de nuda propiedad: En este último caso, lo que vendemos no es el usufructo sino el título de propiedad del bien. Esto puede realizarse en un contrato de compraventa con una cláusula adicional, por la que nos reservamos el derecho de usufructo vitalicio.

Cómo se calcula el usufructo vitalicio

Si el usufructo vitalicio es solo una parte de la propiedad total de un bien, ¿cómo se calcula su valor? Tanto si queremos transmitir este derecho como si tenemos que calcular los impuestos que se derivan de él, para realizar el cálculo del usufructo vitalicio hay que aplicar una fórmula llamada “regla del 89”, basándonos en el valor total del bien.

El valor del usufructo vitalicio equivale al 70% del valor total, siempre que el usufructuario tenga menos de 20 años. Después de esa edad, el valor del usufructo disminuye un 1% cada año que pasa, con un límite mínimo de 10%. Así, para calcular el valor del usufructo debemos restar la edad del usufructuario al número 89. Por ejemplo, cuando cumplamos 20 años el usufructo valdrá:

89 – 20 = 69 % del valor total del inmueble.

Por poner un ejemplo más detallado, pongamos que heredamos una finca por valor de 400.000 euros, pero nuestra madre de 64 años hereda el usufructo vitalicio. Si queremos comprarle el usufructo para vender el inmueble, deberemos pagarle el 25% ( 89 – 64 = 25%) del valor de la finca. Según el cálculo, el valor del usufructo es de 100.000 euros (25% de 400.000 euros), mientras que la nuda propiedad tiene un valor de 300.000 euros, es decir, el 75% restante del total.

Modifica tu testamento cuando y como quieras

Todas las formas de usufructo vitalicio tienen numerosas ventajas. Dejar el usufructo vitalicio en herencia puede permitir que nuestro cónyuge o cualquier otro ser querido disfrute de nuestro capital el resto de su vida. Por otro lado, si decidimos vender la nuda propiedad y reservarnos el usufructo nos permite usar nuestros bienes y obtener algo de dinero extra por la compraventa. Además, puesto que la transmisión patrimonial se realiza en vida, podemos evitar que el nuevo propietario pague el impuesto de sucesiones.

Tanto si decidimos transmitir nuestras propiedades en vida o tras nuestro fallecimiento, lo más importante es asegurarse de que el contrato o testamento está redactado de acuerdo con la ley vigente. Contar con la ayuda de un seguro de decesos te permitirá recibir asesoramiento jurídico especializado y modificar tu testamento digital tantas veces como lo desees.

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