Buenas noticias para autónomos en 2019, ¿qué debes saber?

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base de cotización autónomos

En los últimos tiempos, muchos autónomos han venido reclamando mejores condiciones. Y es que ser autónomo no es fácil. La incertidumbre generada ante la idea de tener ingresos suficientes de forma periódica, así como las dificultades para obtener financiación, se veía incrementada con el hecho de no contar con ciertas prestaciones o coberturas para determinadas situaciones. Sin embargo, este 2019 llega con buenísimas noticias para los autónomos: grandes ventajas que hoy te queremos contar desde el blog de Occident. ¡Conoce todas las novedades!

Novedades y ventajas para autónomos en 2019

Estas son las novedades que han entrado en vigor para los autónomos en 2019:

Nueva base de cotización para autónomos

Para este 2019 existe una primera e importante novedad: una nueva cotización para autónomos que se plantea con una subida progresiva que durará hasta 2022. En ese momento está previsto fijar el tipo definitivo en base a la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. Esto es así tanto para contingencias profesionales (sube un 1,1% en 2020 y 1,3% en 2021) como en los casos de cese de actividad (subida ligeramente inferior de 0,8% en 2020 y 0,9 en 2021).

Cabe destacar que, hasta ahora, y salvo excepciones, el autónomo podía escoger el tipo de cobertura social que quería recibir y, en base a ello, se establecía el tipo de cotización correspondiente. Pero ahora todos los tipos son obligatorios, así como las coberturas que conllevan. Existe una excepción, el SETA (Sistema Especial para Trabajadores por cuenta propia Agrarios), del cual se hablará más adelante.

Teniendo en cuenta que los tipos de cotización pasan a ser obligatorios, la cuota final se calcula sobre el 30% de la base de cotización que se elija. De esta manera, en 2019 los tipos de cotización quedarían de la siguiente manera:

  • Cotización por contingencias comunes: 28,3%.
  • Cotización por contingencias profesionales: 0,9%.
  • Cotización por cese de actividad: 0,7%.
  • Cotización por formación profesional: 0,1%.

Al cotizar más, la cuota, obviamente, también sube. Aunque, en principio, que la cuota de autónomas suba hace pensar que no todo son buenas noticias. En realidad, esta subida es mínima en comparación con muchos de los beneficios que se obtienen en forma de prestaciones. Estas ventajas son las siguientes:

  • Mujeres autónomas y maternidad: Menos trabas para las mujeres autónomas que sean madres: tras incorporarse por una baja de maternidad, tendrán una tarifa plana especial para mujeres autónomas de 60€ mensuales en el periodo de un año, siempre que se incorpore a su actividad laboral en el periodo de dos años tras percibir el total de la prestación por maternidad (aunque haya cese de actividad).
  • Cursos de formación autónomos: Además de cursos de formación para autónomos, se podrán realizar programas de prevención de riesgos laborales, así como de reciclaje.
  • Prestación por cese de actividad: El cese de actividad (definitivo) o la pausa obligada por enfermedad o accidente laboral conllevará obtener una prestación. En el primer caso, aunque ya existía este beneficio, se duplican los periodos para cobrar la prestación. En el segundo caso, es una absoluta novedad que los autónomos tengan derecho a cobrar una prestación desde el primer día que esté de baja, pero que se antojaba como necesaria.
  • Sector agrario: Los autónomos que pertenecían al SETA podrán, como excepción, mantener los tipos del 2018, sin estar obligados a acogerse a la nueva normativa.

Quizás el cambio de base de cotización para los autónomos ha sido la modificación más importante. Pero no la única. Veamos otras novedades:

Mujeres autónomas embarazadas

Este nuevo año la mujer embarazada autónoma tendrá otra importante ventaja, de la que también se podrán beneficiar los hombres que vayan a ser padres; se trata del IRPF. Las prestaciones que se den por maternidad o paternidad no se tienen que declarar como rentas, con lo que no conllevará retenciones.

Asimismo, con respecto al IRPF, este subirá solo para las rentas mayores a 130.000€, pasando a un 47%. Para el siguiente rango, de 300.000€, se aplicará un 49%.

Los falsos autónomos

Desde el inicio de la crisis, había un aspecto que pedía un cambio a gritos. Se trata de la situación de los falsos autónomos. Con respecto a ella, el Gobierno ya ha advertido que multará a las empresas que tengan asalariados como falsos autónomos.

Esto no se debe confundir con la posibilidad de ser autónomo y trabajar por cuenta ajena, que era y sigue siendo legal. Ahora bien, lo que todavía no ha entrado en vigor es la posibilidad de ser trabajador autónomo a tiempo parcial, que deberá esperar otro año más, en principio.

¿Estos cambios son suficientes?

Todavía queda mucho camino por recorrer para mejorar las condiciones de los autónomos. En especial, en aspectos referentes a la baja por enfermedad y situaciones imprevistas en las que tu negocio queda desatendido. En este sentido, contar con un seguro médico para autónomos sigue siendo una opción más que recomendable para estar tranquilos, sabiendo que cuando llegue cualquier problema de salud, estarás protegido.

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