Tipos de embarcaciones y permisos de navegación

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(Última actualización: 11-06-2024)

Navegar por la costa española es un plan ideal cuando suben las temperaturas. Aunque utilizar una embarcación de recreo puede parecer un lujo al alcance de pocos, lo cierto es que existen numerosos tipos de embarcaciones en función de nuestras preferencias y posibilidades.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que, a diferencia de la navegación por ríos y pantanos, a menudo es necesario obtener un permiso de navegación antes de recorrer el mar. Es fácil que la gran variedad de clases de embarcaciones y licencias generen dudas al respecto. A continuación te indicamos los tipos de embarcaciones más habituales y los permisos de navegación que exigen.

Qué son las licencias de navegación

Las licencias de navegación o titulaciones náuticas de recreo son los documentos oficiales que autorizan a su propietario a gobernar embarcaciones que no tengan objetivos comerciales. A nivel estatal, su tramitación es competencia de la Dirección General de la Marina Mercante, aunque hay numerosas Comunidades Autónomas que han asumido esta competencia. Entre ellas se encuentran Andalucía, Cataluña, el País Vasco, Cantabria o las Islas Baleares.

Los distintos tipos de licencias de navegación comparten una misma normativa, cuya normativa principal se desarrolla en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Las diferencias entre las licencias de navegación se encuentran en sus requisitos y sus atribuciones. Eso significa que, dependiendo de la embarcación de recreo que queramos utilizar y la extensión de nuestro recorrido, necesitaremos una licencia con mayores o menores atribuciones.

Además, las titulaciones náuticas de recreo no tienen carácter profesional, y habilitan exclusivamente para el gobierno de las embarcaciones de recreo y de las motos náuticas abanderadas o registradas y matriculadas en España, cuyo fin es para actividades de recreo o, en su caso, las que permitan las habilitaciones anejas. No se podrán realizar actividades de transporte de carga o de pasajeros con carácter comercial, ni pesca no deportiva.

Los titulados profesionales podrán desempeñar en las embarcaciones de recreo las atribuciones que su título profesional les confiere

Existen dos excepciones a la necesidad de un título para navegar. La primera es la navegación por ríos y pantanos con embarcaciones de 2.5 metros de eslora, que por norma general no requiere permiso aunque sí una declaración responsable.

La segunda excepción es el uso de embarcaciones de motor de hasta 5 metros de eslora y barcos de vela de 6 metros, que no requiere una titulación náutica. Eso sí, existen ciertos límites al uso de embarcaciones sin licencia: las motos náuticas sí requieren una licencia, y se deberá navegar durante el día hasta un máximo de dos millas náuticas del puerto o marina.

Tipos de licencias de navegación

Todas las licencias tienen en común la existencia de un procedimiento para su obtención. Suele consistir en un examen teórico y un examen práctico o un número concreto de horas de práctica en función de la Comunidad Autónoma en la que se tramite. Como es lógico, a mayores atribuciones, más contenido deberá estudiarse en el examen teórico y más horas de práctica deberán realizarse.

En función de las características de la embarcación y de lo que permiten, las licencias de navegación vigentes en la actualidad son:

  • Autorizaciones federativas: Aunque no son licencias en un sentido estricto, las autorizaciones federativas son necesarias para navegar de día en las zonas establecidas por Capitanía Marítima. Pueden utilizarse embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora, con una potencia máxima de 40 kW.
  • Licencia de Navegación o Titulín: El titulín para embarcaciones de recreo permite utilizar motos náuticas y embarcaciones de vela y motor de 6 metros de eslora como máximo para navegar durante el día. El límite de navegación es de 2 millas náuticas. Para sacar el titulín de barco, será necesario realizar un examen teórico y práctico en una federación u organización autorizada.
  • Patrón de Moto Náutica: Esta licencia está especialmente concebida para quien sólo está interesado en utilizar motos náuticas. Hay dos títulos de patrón de moto náutica: el A habilita para gobernar motos de potencia superior a 100 CV, mientras que el B sólo permite utilizar motos entre 55 CV y 110 CV.
  • Patrón para Navegación Básica (PNB): Esta licencia autoriza para gobernar motos náuticas y embarcaciones de recreo a motor de un máximo de 8 metros de eslora. El límite del trayecto es superior al del titulín, y permite alejarse hasta 5 millas náuticas del puerto o marina.
  • Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): Junto con el PNB, el título de patrón de embarcaciones de recreo es quizá la licencia más popular de navegación, puesto que sus atribuciones otorgan más posibilidades a quien lo obtiene. Las embarcaciones de recreo cuentan con una licencia de navegación que permite gobernar pueden llegar a los 15 metros de eslora, y su posesión permite alejarse a 12 millas náuticas de la costa. Además, contar con el carnet de Patrón de Embarcaciones de Recreo permite navegar entre islas tanto en las Canarias como en las Baleares.
  • Patrón de Yate: La licencia de patrón de yate permite gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora y navegar hasta un máximo de 150 millas náuticas de cualquier puerto, marina o zona de abrigo.
  • Capitán de Yate: La última licencia de navegación de recreo habilita para el uso de embarcaciones de hasta 24 metros de eslora. La principal ventaja de este título es que, a diferencia de las anteriores licencias, permite navegar sin límites geográficos y alejarse a cualquier distancia de la costa o el puerto.

¿Cuáles son los diferentes tipos de embarcaciones de recreo?

En función de la embarcación que decidamos utilizar, la normativa exige la obtención previa de un permiso de navegación con más o menos atribuciones. El permiso suele obtenerse mediante la realización de un examen, y sus competencias dependen sobre todo de las dimensiones y la potencia de la embarcación de recreo.

Embarcaciones de playa y vela

Las embarcaciones de playa son muy variadas, y en su categoría se incluyen vehículos como las piraguas, los kayaks, las canoas, los patines de pedales o a motor, las tablas de toda clase y las barcas hinchables. Por suerte, estas embarcaciones flotantes no requieren permiso de navegación, y por ello se alquilan con frecuencia en las zonas de costa.

En cuanto a las embarcaciones de vela, presentan una tipología mucho más variada, que va desde los catamaranes hasta los barcos de vela-motor, pasando por la vela ligera o la vela de regata. El permiso para gobernar una embarcación de vela depende de su eslora: hasta los 6 metros de eslora, podemos navegar hasta 2 millas náuticas del puerto. Para embarcaciones mayores, será preciso que nos hagamos con el título de patrón de barco, ya sea el PNB, el PER o un título con mayores atribuciones.

Tipos de lanchas

Las lanchas y cabinas se caracterizan por contar con una proa mucho más ancha que la popa, así como un timón que permite orientar la dirección de la embarcación. A menudo se emplea para deportes como la pesca o el tubing. Será necesario un permiso de navegación para toda lancha que supere los 15 CV de potencia, a partir de la cual la licencia dependerá de la eslora de la lancha y la potencia del motor.

Tipos de yates

El yate es, sin duda, una de las embarcaciones de recreo más populares. Aunque presentan una tipología muy variada, se caracterizan por emplear un motor que permite navegar distancias más largas. Su interior puede llegar a ser muy lujoso, el equivalente a una verdadera casa flotante.

Como en los anteriores casos, el permiso que necesitaremos para gobernar una embarcación de esta clase depende de la eslora del yate, la capacidad de su motor y la distancia a la que queramos alejarnos de la costa. Aunque el PNB y el PER son los títulos básicos más populares, podemos optar por un permiso de Patrón de Yate para gobernar barcos de hasta 24 metros o, para navegar de forma ilimitada, por la licencia de Capitán de Yate.

Motos de agua

La moto náutica o moto de agua es uno de los vehículos más cómodos para bordear la costa. Aunque su ligereza pueda hacer pensar que no es necesario un permiso de navegación para utilizarla, no es cierto: las motos de agua requieren como mínimo una licencia de navegación.

Si no queremos gobernar otras embarcaciones, existe la opción de obtener un permiso de patrón de moto náutica C, B o A, dependiendo de las atribuciones que busquemos. El permiso C permite manejar motos de menos de 55 CV; el B autoriza a navegar con motos náuticas hasta los 110 CV y, por último, el permiso A permite superar sin límites la potencia de los anteriores permisos

Título Eslora Potencia Navegación Obtención
Sin título * Motor: hasta 5 m* Vela: hasta 6 m
* Motos de agua: No
15 CV (11,26 kw) * Hasta 2 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo
* Navegación diurna
Mayores de 18 años
Licencia de Navegación * Motor y Vela hasta 6 m
* Motos de agua: Categoría C
La homologada para la embarcación * Hasta 2 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo
* Navegación diurna
* 18 años (16 con permiso paterno)
* 2 horas teoría (nociones de radio) + 4 h prácticas
* Sin exámen oficial
* En Escuelas náuticas y Federaciones de Vela y Motonáutica
Patrón de Navegación Básica (PNB) * Motor: hasta 8 metros
* Vela: hasta 8 metros (prácticas complementarias)
* Motos de agua: Sí
La homologada para la embarcación * Hasta 5 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo
* Navegación diurna y nocturna
* 18 años (16 con permiso paterno)
* Curso radiotelecomunicaciones (2 teóricas + 2 prácticas)
* 8h de prácticas
* Formación y prácticas en escuelas y federaciones
* Exámen oficial y reconocimiento psicofísico.
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) * Motor: hasta 15 m
* Vela: hasta 15 m (prácticas complementarias)
* Vela y motor: 24 m [si se realizan 24 horas de prácticas (mínimo 4 nocturnas)] * Motos de agua: Sí
La homologada para la embarcación * 12 millas de la costa.
* Navegación entre islas dentro de archipiélagos canario y balear.
* Si se realizan 24 horas de prácticas (mínimo 4 nocturnas) también entre Península y Baleares.
* Navegación diurna y nocturna
* 18 años
* Curso radio-operador corto alcance 12h (4 teóricas + 8 prácticas)
* 16h de prácticas
* Formación y prácticas solo en escuelas náuticas
* Exámen oficial y reconocimiento psicofísico.
Patrón de Yate (PY) * Motor: 24m
* Vela: 24m (prácticas complementarias)
* Motos de agua: Sí
La homologada para la embarcación * Hasta 150 millas de la costa
* Navegación diurna y nocturna
*18 años
* Curso radio-operador corto alcance 12h (4 teóricas + 8 prácticas)
* 48h prácticas (36 h navegación en régimen travesía)
* Formación y prácticas solo en escuelas náuticas
* Exámen oficial y reconocimiento psicofísico.
Capitán de Yate (CY) * 24m Ilimitada*
* Motos de agua: Sí
La homologada para la embarcación * Sin límites de distancia
* Navegación diurna y nocturna
* 18 años
* Curso radio-operador corto alcance 12h (4 teóricas + 8 prácticas)
* 48h prácticas (36 h navegación en régimen travesía)
* Formación y prácticas solo en escuelas náuticas
* Exámen oficial y reconocimiento psicofísico.

Seguro de embarcaciones para cuando salgas a navegar

Sea cual sea la embarcación de recreo que elijas, lo más importante a la hora de salir a navegar es estar protegido. Afortunadamente, seguros de embarcaciones de recreo como el Occident ofrecen coberturas para todo tipo de vehículos marítimos.

Contar con un seguro para nuestra embarcación no sólo protege de los daños ocasionados a terceros: las pólizas pueden ampliarse para incluir coberturas adicionales. Entre ellas, se encuentra la asistencia náutica desde el momento en el salir de la costa o incluso los daños sufridos por la propia embarcación en caso de accidente.

Navega con total tranquilidad

La gran variedad de embarcaciones disponibles en el mercado permiten disfrutar de la navegación de mil maneras distintas. Tanto si disfrutamos de la navegación en vela como si queremos pasear por la costa con moto de agua, sólo es preciso contar con la preparación adecuada y el permiso de navegación exigido por la normativa vigente.

Sin embargo, cabe recordar que navegar nunca está completamente libre de riesgos. Más allá de cumplir con los requisitos obligatorios para gobernar una embarcación, contar con un seguro adaptado a nuestras necesidades es la mejor manera de asegurarnos de que recorremos el mar con total tranquilidad.

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